Resolución núm. 3819 EXENTA, publicada el 23 de Junio de 2018. LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL PARA EL ARRIENDO DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 52 (V. Y U.), DE 2013, Y SUS MODIFICACIONES, Y FIJA LA CANTIDAD DE RECURSOS QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DE DICHOS SUBSIDIOS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO |
Rango de Ley | Resolución |
LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL PARA EL ARRIENDO DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 52 (V. Y U.), DE 2013, Y SUS MODIFICACIONES, Y FIJA LA CANTIDAD DE RECURSOS QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DE DICHOS SUBSIDIOS
Santiago, 19 de junio de 2018.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 3.819 exenta.
Visto:
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El DS Nº 52 (V. y U.), de 2013, que regula el Programa Habitacional para el Arriendo de Vivienda y en especial lo dispuesto en el artículo 13, relativo a la realización de llamados a postulación en condiciones especiales;
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La resolución exenta Nº 8.834 (V. y U.), de 2013, y sus modificaciones, que establece condiciones de postulación y aplicación del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, regulado por el DS Nº 52 (V. y U.), de 2013, relativas a los límites mínimo y máximo de ingresos del núcleo familiar y al porcentaje del Instrumento de Caracterización Socioeconómica;
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La resolución exenta Nº 30 (V. y U.), de 2018, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2018 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, regulado por el DS Nº 52 (V. y U.), de 2013;
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La resolución exenta Nº 412 (V. y U.), de 2018, que llamó a la primera postulación en condiciones especiales del Programa de Subsidio de Arriendo de Vivienda, regulado por el DS Nº 52 (V. y U.), de 2013, y
Considerando:
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El permanente interés de este Ministerio de atender y mejorar la calidad de vida de la población adulto mayor de nuestro país.
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Que conforme a la encuesta Casen de 2015, la población adulto mayor es el 17,5% del total de la población nacional, y el 74% de esta población adulto mayor es parte del 70% más vulnerable de toda la población; en consecuencia, sus ingresos son insuficientes para satisfacer todas sus necesidades y se encuentran en una situación de vulnerabilidad.
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Los resultados del llamado especial realizado entre febrero y abril de este año 2018, conforme a la resolución exenta citada en visto d), en que se benefició a un 34,5% de los postulantes, por lo que quedó un alto porcentaje de postulantes que, cumpliendo con todas las condiciones, no pudieron ser seleccionados.
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Que esta población adulta mayor está en una situación especial de urgente necesidad habitacional, pero no...
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