Resolución núm. 3800 EXENTA, publicada el 21 de Junio de 2018. APRUEBA DOCUMENTO Y TABLAS DE ESTÁNDARES TÉCNICOS PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE ACONDICIONAMIENTO TÉRMICO EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR EN SU MODALIDAD REGULADA POR EL CAPÍTULO SEGUNDO, DE LA ATENCIÓN A CONDOMINIOS DE VIVIENDAS SOCIALES, Y DEROGA RESOLUCIÓN N° 2.880 EXENTA (V. Y U.), DE 2016, Y SUS MODIFICACIONES - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 729537725

Resolución núm. 3800 EXENTA, publicada el 21 de Junio de 2018. APRUEBA DOCUMENTO Y TABLAS DE ESTÁNDARES TÉCNICOS PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE ACONDICIONAMIENTO TÉRMICO EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR EN SU MODALIDAD REGULADA POR EL CAPÍTULO SEGUNDO, DE LA ATENCIÓN A CONDOMINIOS DE VIVIENDAS SOCIALES, Y DEROGA RESOLUCIÓN N° 2.880 EXENTA (V. Y U.), DE 2016, Y SUS MODIFICACIONES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

APRUEBA DOCUMENTO Y TABLAS DE ESTÁNDARES TÉCNICOS PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE ACONDICIONAMIENTO TÉRMICO EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR EN SU MODALIDAD REGULADA POR EL CAPÍTULO SEGUNDO, DE LA ATENCIÓN A CONDOMINIOS DE VIVIENDAS SOCIALES, Y DEROGA RESOLUCIÓN N° 2.880 EXENTA (V. Y U.), DE 2016, Y SUS MODIFICACIONES

Santiago, 18 de junio de 2018.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 3.800 exenta.

Visto:

  1. El decreto supremo Nº 255 (V. y U.), de 2006, y sus modificaciones, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar.

  2. La resolución exenta Nº 2.880 (V. y U.), de 2016, que aprueba documento y tablas de estándares técnicos para el desarrollo de proyectos de Acondicionamiento Térmico en el marco del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, en su modalidad regulada por el Capítulo Segundo, de la atención a Condominios de Viviendas Sociales.

  3. El documento "Estándares Técnicos para proyectos de Acondicionamiento Térmico (AT) en Condominios de Viviendas Sociales - marzo 2018".

    Considerando:

    1. Que es necesario actualizar los estándares técnicos para el desarrollo de proyectos de acondicionamiento térmico en el marco del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, en su modalidad regulada por el Capítulo Segundo, de la atención a Condominios de Viviendas Sociales, incorporando al documento actualmente vigente sobre la materia, aprobado por la resolución exenta Nº 2.880 (V. y U.), de 2016, modificaciones necesarias según revisiones efectuadas por la División Técnica de Estudios y Fomento Habitacional (DITEC) y la División de Política Habitacional (DPH).

    2. Que para el fin señalado, se ha elaborado por DITEC y DPH el nuevo documento "Estándares Técnicos para proyectos de Acondicionamiento Térmico (AT) en Condominios de Viviendas Sociales - marzo de 2018", dicto la siguiente

      Resolución:

    3. Apruébase el documento "Estándares Técnicos para proyectos de Acondicionamiento Térmico (AT) en Condominios de Viviendas Sociales - marzo 2018", para ser aplicado en el desarrollo de proyectos de acondicionamiento térmico en el marco del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, en su modalidad regulada por el Capítulo Segundo, de la atención a Condominios de Viviendas Sociales, el que se acompaña y se entenderá como parte integrante de la presente resolución exenta.

    4. Establécese que, tratándose del desarrollo de proyectos de acondicionamiento térmico en el marco del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, en su modalidad regulada por el Capítulo Segundo, de la atención a Condominios de Viviendas Sociales, el Prestador de Servicios de Asistencia Técnica, en coherencia al proceso de selección de proyectos definido en los Artículos 24 y 24 bis, del DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, debe presentar un Diagnóstico Técnico de Acondicionamiento Térmico, donde se informen los resultados del levantamiento detallado de requerimientos por vivienda y su correlación con las obras incorporadas al proyecto técnico presentado. Este documento debe ser revisado y aprobado por Serviu, por lo que dicho Servicio podrá certificar el cumplimiento normativo de elementos pre-existentes en determinadas viviendas, y en tal caso, con la aprobación del jefe de hogar respectivo (propietario u ocupante regular de la vivienda), omitir del financiamiento de las obras o desestimar partidas que no sea necesario ejecutar o reemplazar.

      Anótese, publíquese y archívese.- Cristián Monckeberg Bruner, Ministro de Vivienda y Urbanismo.

      Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.

      ESTÁNDARES TÉCNICOS PARA PROYECTOS DE ACONDICIONAMIENTO TÉRMICO (AT) EN CONDOMINIOS DE VIVIENDAS SOCIALES - MARZO 2018

    5. Información mínima proyectos de Acondicionamiento Térmico

      Los proyectos de AT de Condominios de Viviendas Sociales, deberán presentar como mínimo los siguientes documentos:

      1.1 Formato de Acreditación para Proyectos de Acondicionamiento Térmico en Condominios de Viviendas.

      1.2 Especificaciones Técnicas, indicando todos los materiales utilizados para el acondicionamiento y su espesor. Adicionalmente para los aislantes térmicos indicar su densidad.

      1.3 Planimetría, al menos un corte escantillón, elevaciones y plantas debidamente acotadas y detalles constructivos de encuentros y uniones.

      1.4 Presupuesto detallado por partidas y Análisis de Precios Unitarios.

      1.4.1 Los andamios deberán incluirse dentro del costo de las partidas que requieran de estos elementos para su ejecución.

      * La información contenida en cada uno de estos documentos debe ser concordante entre sí.

    6. Proyectos que opten al incremento de subsidio para obras de Acondicionamiento Térmico

      Los proyectos que opten al incremento de Eficiencia Energética y/o Acondicionamiento Térmico, indicado en los llamados de Condominios de Viviendas Sociales, deberán cumplir con los estándares indicados en la Tabla Nº 2, "Estándar Técnico", aplicable según la zona donde se ubique el condominio a intervenir y el tramo (conforme a la definición del DS Nº 255 y sus modificaciones) para la comuna correspondiente, según la Tabla Nº 1. Los proyectos deberán considerar como mínimo la ejecución de las siguientes partidas:

  4. Instalación de aislación térmica en:

    - Techumbre

    - Muros

    - Pisos ventilados (cuando el diseño lo contemple).

  5. Incorporación de extractor de aire en baño y cocina.

    Adicionalmente, y si existen recursos disponibles, se podrán ejecutar las siguientes partidas, de acuerdo al orden de prioridad que se indica a continuación:

  6. Recambio de ventanas en unidades de vivienda, según el tipo de vidrio indicado en la Tabla N°2 y priorizando recintos en el siguiente orden:

    . Dormitorio principal.

    . Dormitorios secundarios.

    . Estar - Comedor.

    . Cocina y baño.

  7. Recambio de puerta de acceso por puerta de madera maciza, de espesor mínimo 45 mm, con su respectivo marco de madera y la incorporación de burletes en la parte inferior de estas, según lo indicado en Tabla Nº 2.

    1. Proyectos que opten al subsidio adicional para obras de Acondicionamiento Térmico

    Los proyectos que opten al subsidio adicional para obras de Acondicionamiento Térmico, indicado en los llamados de Condominios de Viviendas Sociales, deberán cumplir con los estándares indicados en la Tabla Nº 3, "Estándar Técnico", aplicables según la zona donde se ubique el condominio a intervenir y el tramo (conforme a la definición del DS Nº 255) para la comuna correspondiente, según la Tabla Nº 1. Los proyectos deberán considerar como mínimo la ejecución de las...

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