Resolución núm. 3763 EXENTA, publicada el 02 de Agosto de 2019. RECONOCE TÍTULOS EXPEDIDOS POR UNIVERSIDADES ESPAÑOLAS QUE INDICA, EN EL MARCO DEL ACUERDO DE RECONOCIMIENTO MUTUO DE TÍTULOS PROFESIONALES Y GRADOS ACADÉMICOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL REINO DE ESPAÑA, Y RECTIFICA RESOLUCIÓN Nº 3.249 EXENTA, DE 3 DE JULIO DE 2019, EN LO QUE SE INDICA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 801294409

Resolución núm. 3763 EXENTA, publicada el 02 de Agosto de 2019. RECONOCE TÍTULOS EXPEDIDOS POR UNIVERSIDADES ESPAÑOLAS QUE INDICA, EN EL MARCO DEL ACUERDO DE RECONOCIMIENTO MUTUO DE TÍTULOS PROFESIONALES Y GRADOS ACADÉMICOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL REINO DE ESPAÑA, Y RECTIFICA RESOLUCIÓN Nº 3.249 EXENTA, DE 3 DE JULIO DE 2019, EN LO QUE SE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

RECONOCE TÍTULOS EXPEDIDOS POR UNIVERSIDADES ESPAÑOLAS QUE INDICA, EN EL MARCO DEL ACUERDO DE RECONOCIMIENTO MUTUO DE TÍTULOS PROFESIONALES Y GRADOS ACADÉMICOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL REINO DE ESPAÑA, Y RECTIFICA RESOLUCIÓN Nº 3.249 EXENTA, DE 3 DE JULIO DE 2019, EN LO QUE SE INDICA

Núm. 3.763 exenta.- Santiago, 30 de julio de 2019.

Considerando:

Que, el DFL Nº 1/19.563, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, establece que la actuación de sus órganos están al servicio de la persona humana, propendiendo al bien común, atendiendo las necesidades públicas en forma continua y permanente, mediante el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Constitución y la ley y, de la aprobación, ejecución y control de políticas, planes, programas y acciones de alcance nacional, regional y comunal; sometiendo su proceder a los principios de eficiencia, eficacia y coordinación, entre otros principios orientadores del ordenamiento administrativo.

Que, en dicho contexto, corresponde que este Ministerio de Educación adopte las medidas y, asimismo, genere las condiciones que sean necesarias para el efectivo cumplimiento de los fines que le son propios.

Que, mediante el decreto Nº 113, de 2018, del Ministerio de Relaciones Exteriores, fue promulgado el "Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de Títulos Profesionales y Grados Académicos de Educación Superior Universitaria entre la República de Chile y el Reino de España", suscrito el 23 de junio de 2017, en la ciudad de Santiago.

Que, asimismo, el primer párrafo del artículo VIII del referido Acuerdo, dispone que "El presente Acuerdo entrará en vigor sesenta días después de la fecha de la última comunicación por la que las Partes se notifiquen recíprocamente, por vía diplomática, el cumplimiento de los procedimientos jurídicos internos necesarios para su entrada en vigor".

Que, habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto en el señalado primer párrafo del artículo VIII del referido Acuerdo, éste entró en vigor internacional el día 24 de junio de 2018.

Que, en virtud del mentado Acuerdo, en la República de Chile, el reconocimiento de títulos, diplomas y grados académicos procederá siempre que:

  1. Se trate de un título, diploma o grado académico oficial de educación superior universitaria.

  2. Que el título, diploma o grado académico haya sido otorgado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del Reino de España o por una universidad española autorizada oficialmente por el Reino de España.

  3. Que el título, diploma o grado académico se encuentre acreditado o verificado y cuente con la publicación en el Boletín Oficial del Estado, previa verificación del Consejo de Universidades e informe de la Agencia Nacional...

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