Resolución núm. 359 EXENTA, publicada el 07 de Febrero de 2017. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES QUE INDICAN - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 664355181

Resolución núm. 359 EXENTA, publicada el 07 de Febrero de 2017. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES QUE INDICAN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES QUE INDICAN

Núm. 359 exenta.- Valdivia, 25 de enero de 2017.

Vistos y teniendo presente:

Las facultades legales y reglamentarias que me confiere el decreto ley N° 2.763/79 y su modificación por la ley N° 19.937, de 2004; ley N° 19.880/2003; lo previsto en el DFL N° 725/1967 Código Sanitario Art. 1, 3, 5, 9 letra b) 67, 102 y siguientes, el DS N° 977/1996 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de los Alimentos; DS Nº 136 de 2004, Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud, DS N° 9, de 4 de abril de 2016, del Ministerio de Salud, resolución exenta N° 24/2009 del Ministerio de Salud, Programa Nacional de Marea Roja; y la resolución exenta N° 2.166, de 11 de mayo de 2016, ampliada por la resolución exenta N° 2.169, de 11 de mayo de 2016, ambas de esta Seremi; resolución exenta N° 2.213, de 13 de mayo de 2016; resolución exenta N° 2.370, de fecha 23 de mayo de 2016; resolución exenta N° 2.421, de fecha 25 de mayo de 2016, de esta Seremi; resolución exenta N° 3.572, de fecha 27 de julio de 2016, resolución exenta N° 4.412, de fecha 12 de septiembre de 2016, y resolución exenta N° 5.161, de 28 de octubre de 2016; así como el decreto supremo N° 17, de 11 de mayo de 2016, que Decreta Alerta Sanitaria en la Región de Los Ríos y otorga facultades extraordinarias que indica; y

Considerando:

  1. - La necesidad de establecer un procedimiento de control sanitario para la jurisdicción de la Autoridad Sanitaria de la Región de Los Ríos, manteniendo la vigilancia a fin de evitar el riesgo de consumo de productos bivalvos y otras especies contaminadas por el fenómeno de Marea Roja del tipo Paralizante.

  2. - Que a raíz de la situación ocurrida en la Región de Los Ríos, mencionada en la resolución exenta N° 2.166, de 11 de mayo de 2016, de esta Seremi, que derivó en la necesidad de establecer una serie de prohibiciónes respecto a la recolección y captura, así como la extracción, transporte, comercialización, elaboración, traslado, procesamiento y tenencia para comercialización, de una diversa variedad de especies marinas.

  3. - Que lo anterior derivó incluso en la dictación del decreto supremo N° 17, de 11 de mayo de 2016, que "Decreta Alerta Sanitaria en la Región de Los Ríos y otorga facultades extraordinarias que indica", ampliado mediante el decreto supremo N° 30, de 17 de agosto de 2016, hasta el 30 de octubre de 2016.

  4. - Que las prohibiciónes y restricciones indicadas en el punto segundo constan en la resolución exenta N°...

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