Resolución núm. 3572 EXENTA, publicada el 10 de Agosto de 2016. LEVANTAMIENTO PARCIAL MEDIDAS DE RESTRICCIÓN POR FENÓMENO DE MAREA ROJA - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 646720769

Resolución núm. 3572 EXENTA, publicada el 10 de Agosto de 2016. LEVANTAMIENTO PARCIAL MEDIDAS DE RESTRICCIÓN POR FENÓMENO DE MAREA ROJA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

LEVANTAMIENTO PARCIAL MEDIDAS DE RESTRICCIÓN POR FENÓMENO DE MAREA ROJA

Núm. 3.572 exenta.- Valdivia, 27 de julio de 2016.

Vistos y teniendo presente:

Las facultades legales y reglamentarias que me confiere el decreto ley N° 2.763/79 y su modificación por la ley N° 19.937 de 2004, ley N° 19.880/2003; lo previsto en el DFL N° 725/1967 Código Sanitario Arts. 1, 3, 5, 9 letra b) 67,102 y siguientes; el DS N° 977/1996 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de los Alimentos; DS N° 136, de 2004, Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; DS. N° 9 de 4 de abril de 2016, del Ministerio de Salud; resolución exenta N° 24/2009 del Ministerio de Salud, Programa Nacional de Marea Roja; y la resolución exenta N° 2.166, de 11 de mayo de 2016, ampliada por la resolución exenta N° 2.169, de 11 de mayo de 2016, ambas de esta Seremi; resolución exenta N° 2.213, de 13 de mayo de 2016; resolución exenta N° 2.370, de fecha 23 de mayo de 2016; resolución exenta N° 2.421, de fecha 25 de mayo de 2016, y resolución exenta N° 3.236, de fecha 8 de julio de 2016, todas de esta Seremi; así como el decreto supremo N° 17, de 11 de mayo de 2016, que Decreta Alerta Sanitaria en la Región de Los Ríos y otorga facultades extraordinarias que indica; y

Considerando:

  1. - La necesidad de establecer un procedimiento de control sanitario para la jurisdicción de la Autoridad Sanitaria de la Región de Los Ríos, manteniendo la vigilancia a fin de evitar el riesgo de consumo de productos bivalvos contaminados por el fenómeno de Marea Roja del tipo Paralizante.

  2. - Que a raíz de la situación ocurrida en la Región de Los Ríos, mencionada en la resolución exenta N° 2.166, de 11 de mayo de 2016, de esta Seremi, que derivó en la necesidad de establecer una serie de prohibiciones respecto a la recolección y captura, así como la extracción, transporte, comercialización, elaboración, traslado, procesamiento y tenencia para comercialización, de una diversa variedad de especies marinas.

  3. - Que lo anterior derivó incluso en la dictación del decreto supremo N° 17, de 11 de mayo de 2016, que Decreta Alerta Sanitaria en la Región de Los Ríos y otorga facultades extraordinarias que indica.

  4. - Que las prohibiciones y restricciones indicadas en el punto segundo constan en las resolución exenta N° 2.169, de 11 de mayo de 2016, ambas de esta Seremi; resolución exenta N° 2.213, de 13 de mayo de 2016; resolución exenta N° 2.370, de fecha 23 de mayo de 2016; resolución exenta N° 2.421, de fecha...

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