Resolución núm. 3554 EXENTA, publicada el 12 de Julio de 2018. DELEGA FACULTAD QUE INDICA, EN MATERIAS EXENTAS DEL TRÁMITE DE TOMA DE RAZÓN, EN EL (LA) JEFE(A) DEL DEPARTAMENTO GESTIÓN DE LAS PERSONAS DEL DEPARTAMENTO SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA DIRECCIÓN DEL SERVICIO DE SALUD ÑUBLE. MODIFICA RESOLUCIÓN QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Rango de Ley | Resolución |
DELEGA FACULTAD QUE INDICA, EN MATERIAS EXENTAS DEL TRÁMITE DE TOMA DE RAZÓN, EN EL (LA) JEFE(A) DEL DEPARTAMENTO GESTIÓN DE LAS PERSONAS DEL DEPARTAMENTO SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE LA DIRECCIÓN DEL SERVICIO DE SALUD ÑUBLE. MODIFICA RESOLUCIÓN QUE INDICA
Núm. 1C/3.554 exenta.- Chillán, 27 de junio de 2018.
Vistos y considerando:
El DFL Nº 1/05, texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763/79, que crea, entre otros, a los Servicios de Salud; el DS Nº 140/04, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; el DS Nº 94/2018, de Salud, sobre subrogancia del Director del Servicio de Salud Ñuble; las resoluciones Nos 1.600/08 y 10/2017, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón, y la resolución exenta Nº 2.417, de 6 de agosto de 2010, que refunde y actualiza delegaciones de facultades que indica en Directivos de la Dirección del Servicio de Salud Ñuble en materias exentas del trámite de toma de razón, dicto la siguiente:
Resolución:
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- Delégase en el (la) Jefe(a) del Departamento Gestión de las Personas del Departamento Subdirección de Recursos Humanos de la Dirección del Servicio de Salud Ñuble, en materias exentas del trámite de toma de razón, la facultad de suscribir, autorizar, conceder y reconocer los siguientes documentos, derechos y/o beneficios:
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Descanso complementario del artículo 66º del Estatuto Administrativo, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº 29/2005 del Ministerio de Hacienda.
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Descanso compensatorio especial del artículo 5º de la ley 19.230 para profesionales funcionarios afectos a la ley 15.076.
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Descanso compensatorio especial del artículo 2º de la ley 19.264 para funcionarios regidos por el Estatuto Administrativo, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº 29/2005 del Ministerio de Hacienda.
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Permiso en caso de muerte de un hijo o del cónyuge, a que se refiere el artículo 104 bis del Estatuto Administrativo, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº 29/2005 del Ministerio de Hacienda, en relación con el artículo 66 del Código del Trabajo.
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Descanso en días hábiles insertos entre dos feriados o entre o un feriado y un día sábado o domingo, a que se refiere el artículo 109 del Estatuto Administrativo, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº 29/2005 del Ministerio de Hacienda.
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Aquellos derivados de la protección...
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