Resolución núm. 341 EXENTA, publicada el 30 de Septiembre de 2016. CREA OFICINA 'RVM CATEDRAL' DEL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN, DENTRO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DE SANTIAGO, EN LA REGIÓN METROPOLITANA DESTINADA A ATENDER SOLICITUDES DE PRIMERA INSCRIPCIÓN Y TRANSFERENCIAS ELECTRÓNICAS DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS |
Rango de Ley | Resolución |
CREA OFICINA "RVM CATEDRAL" DEL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN, DENTRO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DE SANTIAGO, EN LA REGIÓN METROPOLITANA DESTINADA A ATENDER SOLICITUDES DE PRIMERA INSCRIPCIÓN Y TRANSFERENCIAS ELECTRÓNICAS DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Santiago, 21 de septiembre de 2016.- Hoy se resolvió lo siguiente:
Núm. 341 exenta.
Vistos:
Lo dispuesto en el DFL Nº 1/19.653, de 2001, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el artículo 7º letra t), en el inciso tercero del artículo 23 y en el artículo 40 de la Ley Nº 19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación; en los artículos 39, 42, 45 e inciso 3º del artículo 51 del decreto con fuerza de ley 1, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito Nº 18.290; en el artículo 3º del decreto supremo de Transportes y Justicia Nº 1.111, Reglamento del Registro de Vehículos Motorizados; y la resolución Nº 1.600, de 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República, que establece normas sobre exención del trámite de toma de razón, y
Considerando:
-
Que el Servicio de Registro Civil e Identificación, en el marco de la modernización del Estado, que exige elevar su eficiencia y el empleo de nuevas tecnologías en beneficio de la ciudadanía, ha desarrollado un sistema de gestión electrónico, que permitirá la primera inscripción de vehículos nuevos y sin uso y la transferencia de vehículos usados en el Registro de Vehículos Motorizados, a través de medios automatizados; inscripción fundada en facturas electrónicas de primera venta electrónica, contratos de compraventa autorizados notarialmente, facturas electrónicas de transferencia y escrituras públicas, respectivamente y los demás documentos complementarios que correspondan legal y reglamentariamente.
-
Que dicho sistema, cuyo diseño, desarrollo e implementación ha sido generado por este Servicio, permitirá a los importadores y concesionarios que vendan vehículos nuevos sin uso, el ingreso de los datos del adquirente y del vehículo adquirido, contenidos en la factura electrónica fundante, directamente desde sus oficinas comerciales, o realizar la transferencia de vehículos...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba