Resolución núm. 33277 EXENTA, publicada el 17 de Septiembre de 2020. DICTA, PLIEGOS TÉCNICOS NORMATIVOS RPTD Nº 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 CONTENIDOS EN EL ARTÍCULO 10 DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS DESTINADAS A LA PRODUCCIÓN, TRANSPORTE, PRESTACIÓN DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS, SISTEMAS DE ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 848014757

Resolución núm. 33277 EXENTA, publicada el 17 de Septiembre de 2020. DICTA, PLIEGOS TÉCNICOS NORMATIVOS RPTD Nº 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 CONTENIDOS EN EL ARTÍCULO 10 DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS DESTINADAS A LA PRODUCCIÓN, TRANSPORTE, PRESTACIÓN DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS, SISTEMAS DE ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyResolución

DICTA, PLIEGOS TÉCNICOS NORMATIVOS RPTD Nº 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 CONTENIDOS EN EL ARTÍCULO 10 DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS DESTINADAS A LA PRODUCCIÓN, TRANSPORTE, PRESTACIÓN DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS, SISTEMAS DE ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Núm. 33.277 exenta.- Santiago, 10 de septiembre de 2020.

Visto:

La ley Nº 18.410, de 1985, Orgánica de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles; el DFL Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el decreto supremo Nº 109, de 2017, del Ministerio de Energía, que aprueba el Reglamento de seguridad de las instalaciones eléctricas destinadas a la producción, transporte, prestación de servicios complementarios, sistemas de almacenamiento y distribución de energía eléctrica; las resoluciones Nºs 6, 7 y 8, todas de 2019, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón, y;

Considerando:

  1. Que, el decreto fuerza ley Nº 4/20.018 en su artículo 10º, señala que los reglamentos que se dicten para la aplicación de la ley indicarán los pliegos de normas técnicas que deberá dictar la Superintendencia previa aprobación de la Comisión. Estos pliegos podrán ser modificados periódicamente en concordancia con los progresos que ocurran en estas materias.

  2. Que, lo dispuesto en el artículo 10 del decreto supremo Nº 109, establece, los pliegos de normas técnicas que deberá dictar la Superintendencia previa aprobación de la Comisión.

  3. Que, a través de la resolución exenta Nº 61, de fecha 25 de febrero de 2020, la Comisión Nacional de Energía aprueba los Pliegos Técnico Normativos - RPTD Nº 1 "Tensiones y frecuencias nominales", RPTD Nº 2 "Clasificación de instalaciones", RPTD Nº 3 "Proyectos y estudios", RPTD Nº 4 "Conductores", RPTD Nº 5 "Aislación", RPTD Nº 6 "Puesta a tierra", y RPTD Nº 8 "Protección contra incendios".

  4. Que, a través de la resolución exenta Nº 204, de fecha 15 de junio de 2020, la Comisión Nacional de Energía aprueba los Pliegos Técnico Normativos - RPTD Nº 9 "Señalización de seguridad de instalaciones", RPTD Nº 12 "Líneas eléctricas de diferente tensión en estructura común (multitensión)", RPTD Nº 13 "Líneas eléctricas de media y baja tensión", y RPTD Nº 16 "Puesta en servicio".

  5. Que, a través de la resolución exenta Nº 241, de fecha 6 de julio de 2020, la Comisión Nacional de Energía aprueba los Pliegos Técnico Normativos - RPTD Nº 14...

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