Resolución núm. 3242 EXENTA, publicada el 02 de Diciembre de 2016. DESIGNA NUEVO ADMINISTRADOR PROVISIONAL PARA LOS PROYECTOS DENOMINADOS 'RSP DON BOSCO PADRE HURTADO' Y 'PER DON BOSCO PADRE HURTADO', EJECUTADOS POR LA FUNDACIÓN VIDA COMPARTIDA, EN LA REGIÓN METROPOLITANA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 654585929

Resolución núm. 3242 EXENTA, publicada el 02 de Diciembre de 2016. DESIGNA NUEVO ADMINISTRADOR PROVISIONAL PARA LOS PROYECTOS DENOMINADOS 'RSP DON BOSCO PADRE HURTADO' Y 'PER DON BOSCO PADRE HURTADO', EJECUTADOS POR LA FUNDACIÓN VIDA COMPARTIDA, EN LA REGIÓN METROPOLITANA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rango de LeyResolución

DESIGNA NUEVO ADMINISTRADOR PROVISIONAL PARA LOS PROYECTOS DENOMINADOS "RSP DON BOSCO PADRE HURTADO" Y "PER DON BOSCO PADRE HURTADO", EJECUTADOS POR LA FUNDACIÓN VIDA COMPARTIDA, EN LA REGIÓN METROPOLITANA

Núm. 3.242 exenta.- Santiago, 18 de noviembre de 2016.

Vistos:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley del Ministerio Secretaría General de la Presidencia Nº 1/19.653, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto ley Nº 2.465, de 1979, que crea el Servicio Nacional de Menores y fija el texto de su ley orgánica; en el decreto supremo Nº 356, de 1980, del Ministerio de Justicia, Reglamento del Servicio Nacional de Menores; en la ley Nº 20.032, que establece sistema de atención a la niñez y adolescencia a través de la red de colaboradores de Sename, y su régimen de subvención; en el decreto Nº 841, del Ministerio de Justicia, que aprueba reglamento de la ley Nº 20.032; en la resolución TRA Nº 263/4.079/2016, de 4 de noviembre de 2016, y en la resolución exenta Nº 32/B, de 2007, ambas de la Dirección Nacional de Menores; en las resoluciones exentas Nos 2.128/B y 2.129/B, de 2011, 1.970, de 20 de julio de 2016 y 2.897, de 6 de octubre de 2016, todas de la Dirección Regional Metropolitana del Sename; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y,

Considerando:

  1. Que, la Fundación Vida Compartida, organismo colaborador del Sename, ejecutó los proyectos denominados "RSP Don Bosco Padre Hurtado" y "PER Don Bosco Padre Hurtado", mediante convenios aprobados por resoluciones exentas Nos 2.128/B y 2.129/B, de 2011, respectivamente; cuya vigencia se extendería por 3 años, esto es, desde el 1º de julio de 2011 hasta el 1º de julio de 2014. Sin embargo, aquella continuó prestando la atención más allá del día 1º de julio de 2014, por cuanto no había otra alternativa de atención para los beneficiarios de dicho proyecto.

  2. Que, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 16 del decreto ley Nº 2.465, de 1979, que crea el Servicio Nacional de Menores y fija el texto de su ley orgánica, mediante oficio R.: 13 Nº 346, de 29 de junio de 2016, esta Dirección Regional informó al Segundo Juzgado de Familia de Santiago las irregularidades y situaciones de grave...

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