Resolución núm. 309 EXENTA, publicada el 29 de Marzo de 2016. MODIFICA ÁREA AFECTADA POR MAREA ROJA Y ORDENA PROHIBICIÓN DE EXTRACCIÓN - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 631704885

Resolución núm. 309 EXENTA, publicada el 29 de Marzo de 2016. MODIFICA ÁREA AFECTADA POR MAREA ROJA Y ORDENA PROHIBICIÓN DE EXTRACCIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

MODIFICA ÁREA AFECTADA POR MAREA ROJA Y ORDENA PROHIBICIÓN DE EXTRACCIÓN

Núm. 309 exenta.- Puerto Montt, 10 de marzo de 2016.

Vistos estos antecedentes:

La resolución N° 375 del 19 de marzo de 2015 de esta Secretaráa Regional Ministerial de Salud, la cual establece las áreas con autorización para la extracción de mariscos bivalvos afectos a toxinas marinas como cholgas, choritos, choro, almejas, ostras, huepo o navaja de mar, navajuela, machas, ostión, picorocos y caracol trumulco y las condiciones para el transporte, comercialización y/o consumo de mariscos de sectores autorizados de la misma Región.

Teniendo presente:

Las facultades legales y reglamentarias que me confiere el decreto ley N° 2.763/79 y su modificación por la ley N° 19.937 de 2004; ley N° 19.880/2003; lo previsto en el DFL N° 725/1967 Código Sanitario Art. 1, 3, 5, 9 letra b) 67, 102 y siguientes; el DS N° 977/1996 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de los Alimentos; DS N° 136 de 2004, Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; DS N° 49 de 2014 del Ministerio de Salud; resolución exenta N° 24/2009 del Ministerio de Salud, Programa Nacional de Marea Roja.

Considerando:

  1. - Que es necesario establecer un procedimiento de control sanitario para la jurisdicción de la Autoridad Sanitaria de la Región de Los Lagos, manteniendo la vigilancia a fin de evitar el riesgo de consumo de productos bivalvos contaminados por el fenómeno de Marea Roja del tipo Paralizante.

  2. - Que es necesario prohibir la extracción, transporte, comercialización, elaboración, traslado, procesamiento y tenencia de mariscos bivalvos provenientes del área geográfica señalada en el numeral 1 de lo resolutivo, tanto de bancos naturales como de centros de cultivo.

  3. - Los resultados de los monitoreos de la Seremi de Salud a las áreas de Compu y Chanco que entrega los siguientes certificados de análisis del Laboratorio de Marea Roja de Quellón de esta Autoridad Sanitaria, protocolos N° VP-2221, VP-2223, VP-2224, provenientes de Sector Compu recurso choritos con resultados de 176, 167 y 98 µg tox/100 gr carne de molusco, certificado VP-2225, VP-2226, VP-2227, VP-2228, VP-2230 provenientes de Sector Chanco recurso choritos con resultados de 127, 171, 134, 154, 61 y 233 µg tox/100 gr carne de molusco de fechas 7 y 8 de marzo de 2016.

  4. - Los resultados informados por Laboratorio de Salud Pública de Puerto Montt en los protocolos VP- 2815, VP- 2816, VP- 2817...

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