Resolución núm. 30, publicada el 03 de Diciembre de 2018. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN N° 25, DE 2018, DE ESTE ORIGEN - CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 747958045

Resolución núm. 30, publicada el 03 de Diciembre de 2018. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN N° 25, DE 2018, DE ESTE ORIGEN

Publicado enDiario Oficial
EmisorCONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Rango de LeyResolución

DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN N° 25, DE 2018, DE ESTE ORIGEN

Santiago, 30 de noviembre de 2018.- Con esta fecha se ha resuelto lo siguiente:

Núm. 30.

Visto:

Lo dispuesto en la Constitución Política de la República; en la ley N° 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General, particularmente, en la letra c) de su artículo 27, y en las resoluciones Nos 1.600, de 2008, y 25, de 2018, ambas de este origen, que respectivamente fijan normas sobre exención del trámite de toma de razón, y delegan firma y atribuciones que indica en el Subcontralor.

Considerando:

  1. Que, mediante la resolución N° 25, citada en el Visto del presente acto, se delegaron la facultad de firmar "Por orden del Contralor General" y las atribuciones que en aquella se indican, en atención a la necesidad existente al momento de su dictación de que el Contralor General dedicara personalmente parte de la jornada laboral a las tareas de fortalecimiento institucional descritas en el Informe que se remitió mediante el Pase Interno N° 1, de 7 de septiembre de 2018, del Gabinete del Contralor General, sin que ello obstruyera el normal funcionamiento de esta Entidad Fiscalizadora.

  2. Que, habiendo participado el Contralor General en el diseño y primeras fases de implementación de aquellas tareas, y habiendo instruido la ejecución de las mismas en jefaturas y funcionarios de esta institución, dicha autoridad puede retomar el ejercicio de todas sus atribuciones, en la misma manera que ocurría previo a la dictación de la referida resolución N° 25.

  3. Que, por lo expuesto, corresponde dejar sin efecto lo establecido en la aludida resolución N° 25.

  4. Que, sin perjuicio de lo señalado en el considerando precedente, es necesario conservar un orden respecto de las materias delegadas, por lo que se mantendrá lo resuelto en el N° 1 de la resolución N° 25.

    Resuelvo:

  5. Déjese sin efecto la resolución N° 25, de 2018, de este origen, de manera que la delegación de la facultad de firmar las materias allí detalladas y de las...

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