Resolución núm. 30 EXENTA, publicada el 07 de Febrero de 2020. DEFINE SITUACIÓN DE EMERGENCIA AGRÍCOLA LOS EFECTOS DE DAÑO PRODUCTIVO DERIVADOS DE LA CONDICIÓN DE DÉFICIT HÍDRICO Y DE ALUVIONES QUE AFECTA A LA REGIÓN DE ATACAMA EN LAS COMUNAS QUE SE INDICAN - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 839952728

Resolución núm. 30 EXENTA, publicada el 07 de Febrero de 2020. DEFINE SITUACIÓN DE EMERGENCIA AGRÍCOLA LOS EFECTOS DE DAÑO PRODUCTIVO DERIVADOS DE LA CONDICIÓN DE DÉFICIT HÍDRICO Y DE ALUVIONES QUE AFECTA A LA REGIÓN DE ATACAMA EN LAS COMUNAS QUE SE INDICAN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

DEFINE SITUACIÓN DE EMERGENCIA AGRÍCOLA LOS EFECTOS DE DAÑO PRODUCTIVO DERIVADOS DE LA CONDICIÓN DE DÉFICIT HÍDRICO Y DE ALUVIONES QUE AFECTA A LA REGIÓN DE ATACAMA EN LAS COMUNAS QUE SE INDICAN

Núm. 30 exenta.- Santiago, 29 de enero de 2020.

Vistos:

El DFL Nº 294, de 1960, del Ministerio de Hacienda, Orgánico del Ministerio de Agricultura; la ley Nº 21.192, de Presupuestos del Sector Público, año 2019; el oficio Nº 85, de 2009, del Ministerio de Agricultura, procedimiento para definir situación de emergencia agrícola; la resolución exenta Nº 462, de 2019, del Ministerio de Agricultura; el oficio Nº 8, de 2020, de la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Atacama; el oficio Nº 56, de 2020, del Intendente de la Región del Atacama, y la Res. Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que, la Ley de Presupuestos vigente para el año 2020, en la Partida 13-01-01, subtítulo 24, ítem 01, asignación 369, glosa 06, faculta a esta Secretaría de Estado para financiar situaciones o gastos no previstos causados por fenómenos climáticos y/o catástrofes naturales y/o situaciones de emergencias o de daño productivo que afecten a productores agrícolas y habitantes rurales, previamente definidos por resolución fundada del Ministro de Agricultura.

Que, mediante los oficios Nº 56, de 27 de enero de 2020, del Intendente de la Región de Atacama, y Nº 8, de 8 de enero de 2020, de la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura de la misma región, se ha informado de la coyuntura climático-hídrica que afecta la región.

Que en la mencionada zona se ha constatado una condición de prolongado déficit hídrico y sequía, con efecto en la disminución en la producción de recursos vegetales esenciales para la alimentación animal, causando graves daños en las actividades agropecuarias de los pequeños productores agrícolas y/o campesinos, en especial de los ganaderos de la región. Condición que sirvió de fundamento para definir situación de emergencia agrícola en el año 2019, mediante la resolución exenta Nº 462, de este origen.

Que el Intendente de la Región de Atacama hace presente en su oficio Nº 56, que la situación, analizada y actualizada por el Instituto de Investigaciones Agropecuarias en documento que adjunta, se ha tornado crítica. En consecuencia, solicita la dictación del respectivo acto administrativo que defina como situación de emergencia agrícola la condición de déficit hídrico y sequía que afecta a toda la...

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