Resolución núm. 3, publicada el 25 de Abril de 2020. INICIA PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN - MUNICIPALIDAD DE PUDAHUEL - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 843969319

Resolución núm. 3, publicada el 25 de Abril de 2020. INICIA PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE PUDAHUEL
Rango de LeyResolución

INICIA PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN

Núm. 3.- Pudahuel, 8 de abril de 2020.

Vistos:

  1. - El Lote de Reserva Empresa 2 con 46.994,73 m2 que proviene de la Resolución 15/2014, de fecha 14-05-2014 correspondiente al proyecto de Loteo Alto Mirador 3, 4, 5.

    Resolución de subdivisión Nº 02/2016, de fecha 03-02-2016, que dio origen a los Lotes 2a, 2b, 2c con una superficie de 46.994 m2.

    Resolución 01/2018, de fecha 05-01-2018, correspondiente a la Fusión de los Lotes 2a, 2b, 2c que dio origen al Lote Fusionado 2d con una superficie de 46.994,73 m2.

    Resolución 05/2018, del 26-01-2018, correspondiente a la subdivisión del lote 2d que dio origen a los Lotes Reserva Empresa 2d1, 2d2 y 2d3.

  2. - Circular Ord. Nº 0332 de fecha 29 agosto 2017 DDU 371.

  3. - El "Plan Seccional Lomas de Lo Aguirre" aprobado por decreto supremo Nº 169, de fecha 19 de octubre de 1984, Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

  4. - El decreto supremo Nº 47, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

  5. - El decreto con fuerza de ley Nº Nº 458, Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de fecha 18 de diciembre de 1975.

  6. - Lo dispuesto en la ley 19.880, que establece bases de procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado.

  7. - Las facultades que me confiere la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades Nº 18.695, de 1988, y sus modificaciones.

    Considerando:

    1. Que la resolución de Subdivisión Nº 05/18, de fecha 26 de enero de 2018, correspondiente al Lote 2d de 46.994,73 m2 que dio origen a los tres Lotes denominados 2d1, 2d2 y 2d3, omitió considerar la condición de afectación que tenía dicho terreno referida al trazado y prolongación de avenida Circunvalación Sur, cuya existencia se genera con la aprobación del "Plan Seccional Lomas de Lo Aguirre" aprobado por decreto supremo Nº 169, de fecha 19 de octubre de 1984, Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en el cual se determina la vialidad denominada Circunvalación Sur como Vialidad estructurante de dicho plan seccional.

    2. Que dicha subdivisión, dejo sugerido con una gráfica de líneas segmentadas la existencia y prolongación de la via Circunvalación Sur, incluso consideró el ancho entre líneas oficiales, definido en su diseño original, no obstante, debió tramitarse como un lote afecto a vialidad, ello conforme al artículo 2.2.4 de la OGUC.

    Resuelvo:

  8. - Iníciese procedimiento de invalidación, de la Subdivisión, resolución 05/2018, de fecha 26 enero de 2018, por el Director de Obras...

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