Resolución núm. 3 EXENTA, publicada el 25 de Enero de 2021. APRUEBA PLAN DE ACCIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 855981859

Resolución núm. 3 EXENTA, publicada el 25 de Enero de 2021. APRUEBA PLAN DE ACCIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN
Rango de LeyResolución

APRUEBA PLAN DE ACCIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN

Núm. 3 exenta.- Santiago, 15 de enero de 2021.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 20, 21 y 22 de la ley Nº 21.105, que crea el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación; el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 19.880, Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; el decreto supremo Nº 4, de 2020, de este origen, que aprueba la Política Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación; el acta de sesión ordinaria, de 8 de enero de 2021, del Comité Interministerial de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación: el oficio Nº 33, de 8 de enero de 2021, del Ministerio de Hacienda; y la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación es la secretaría de Estado encargada de asesorar y colaborar con el Presidente o la Presidenta de la República en el diseño, formulación, coordinación, implementación y evaluación de las políticas, planes y programas destinados a fomentar y fortalecer la ciencia, la tecnología y la innovación derivada de la investigación científico-tecnológica con el propósito de contribuir al desarrollo, incrementando el patrimonio cultural, educativo, social y económico del país y sus regiones, y propendiendo al bien común, al fortalecimiento de la identidad nacional y regional y a la sustentabilidad del medio ambiente.

  2. Que, el artículo 20 de la ley Nº 21.105, que crea el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, establece que existirá una Política Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, que establecerá los objetivos y lineamientos generales de las políticas públicas en ciencia, tecnología e innovación para el período presidencial respectivo. El mismo artículo indica los contenidos mínimos que debe contener dicho instrumento.

  3. Que, mediante el decreto supremo Nº 4, de 31 de marzo de 2020, del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación se aprobó la Política Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.

  4. Que, el artículo 21 de la ley Nº 21.105 establece que la implementación de la Política Nacional de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación se orientará a través de un Plan de Acción que contendrá a lo menos los programas que...

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