Resolución núm. 3 EXENTA, publicada el 14 de Mayo de 2019. EL SECRETARIO EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN DELEGA FACULTAD DE FIRMA EN LOS JEFES DE DEPARTAMENTOS DE ACREDITACIÓN QUE INDICA - COMISIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN - COMISIÓN NACIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 783753173

Resolución núm. 3 EXENTA, publicada el 14 de Mayo de 2019. EL SECRETARIO EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN DELEGA FACULTAD DE FIRMA EN LOS JEFES DE DEPARTAMENTOS DE ACREDITACIÓN QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorCOMISIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN
Rango de LeyResolución

EL SECRETARIO EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN DELEGA FACULTAD DE FIRMA EN LOS JEFES DE DEPARTAMENTOS DE ACREDITACIÓN QUE INDICA

Núm. 130-3 exenta.- Santiago, 6 de mayo de 2019.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley N° 20.129, que crea la Comisión Nacional de Acreditación, y sus modificaciones; el artículo 41 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la resolución exenta DJ N°009-4, de 13 de octubre de 2014, que aprueba Reglamento que fija el procedimiento para el desarrollo de los procesos de acreditación institucional, y sus modificaciones; la resolución exenta DJ N°016-4, de 20 de diciembre de 2016, que Aprueba texto refundido que fija el procedimiento para el desarrollo de los procesos de acreditación de programas de postgrado y especialidades en el área de la salud, y sus modificaciones; la resolución exenta DJ N°013-4, de 24 de noviembre de 2016, que Aprueba Reglamento que fija el procedimiento para el desarrollo de los procesos de acreditación de carreras profesionales y técnicas de nivel superior y programas de pregrado; la resolución exenta N° 323-3, de 27 de octubre de 2016, que Aprueba Estructura Interna de la Secretaría Ejecutiva de la CNA; y la resolución N° 1.600, de 2008, modificada por resolución N° 6, de 2019, ambas de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que, la Comisión Nacional de Acreditación es un organismo autónomo que goza de personalidad jurídica y patrimonio propio cuya función principal, es la de evaluar, acreditar y promover la calidad de las Universidades, Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica autónomos, y de las carreras y programas que ellos ofrecen.

Que, de conformidad a los procedimientos para el desarrollo de los procesos de acreditación institucional, de postgrado y pregrado, éstos se inician mediante una resolución que así lo establece.

Que, por razones de buen servicio, se hace necesario aplicar la figura de delegación de firma, en la resolución que da inicio a los distintos procesos de acreditación, a fin de hacer más eficiente y expedito dicho trámite.

Que, el artículo 41 de la ley N° 18.575, autoriza la delegación de atribuciones y facultades propias en los cargos que se ejerzan en la administración del Estado, bajo las condiciones que se establecen en dicho precepto legal.

Resuelvo:

Artículo primero

Delégase, en el Jefe del...

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