Resolución núm. 296 EXENTA, publicada el 26 de Junio de 2020. DELEGA FACULTADES DE ADMINISTRADORA PROVISIONAL PARA EL PROYECTO DENOMINADO 'RLP-PER CASA AMOR Y VIDA NIÑOS', EJECUTADO EN LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS |
Rango de Ley | Resolución |
DELEGA FACULTADES DE ADMINISTRADORA PROVISIONAL PARA EL PROYECTO DENOMINADO "RLP-PER CASA AMOR Y VIDA NIÑOS", EJECUTADO EN LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA
Núm. 296 exenta.- Antofagasta, 5 de junio de 2020.
Vistos:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley del Ministerio Secretaría General de la República Nº 1/19.653, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, de bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos del la Administración del Estado; en el decreto ley Nº 2.465, de 1979, que crea el Servicio Nacional de Menores y fija el texto de su Ley Orgánica; en el decreto supremo Nº 356, de 1980, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Reglamento del Servicio Nacional de Menores; en la ley Nº 20.032, que establece sistema de atención a la niñez y adolescencia a través de la red de colaboradores de Sename, y su régimen de subvención; en la ley Nº 21.140; en el decreto supremo Nº 841, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que aprueba Reglamento de la ley 20.032; en la resolución exenta RA Nº 263/837/2020, de 11 de febrero de 2020, y en la resolución exenta Nº 32/B, de 2007, ambas de la Dirección Nacional del Servicio Nacional de Menores; en las resoluciones Nºs. 6 y 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y
Considerando:
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Que, el Servicio Nacional de Menores es un Organismo dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, cuya misión es contribuir a proteger y promover los derechos de niños, niñas y adolescentes que han sido vulnerados en el ejercicio de los mismos y a la reinserción social de adolescentes que han infringido la ley penal, correspondiéndole especialmente diseñar y mantener una oferta de programas especializados destinados a la atención de niños, niñas y adolescentes, así como estimular, orientar, supervisar y fiscalizar técnica y financieramente la labor que desarrollan las instituciones públicas o privadas que tengan la calidad de colaboradores acreditados.
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Que, la ley Nº 20.032, que establece el Sistema de atención a la niñez y adolescencia a través de la red de colaboradores acreditados de Sename, y su régimen de subvención, y el decreto supremo Nº 841, de 2005, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que aprueba el Reglamento de la referida ley, son los textos normativos, que constituyen el marco regulador del...
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