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Resolución núm. 291 EXENTA, publicada el 26 de Octubre de 2017. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE TODO TIPO DE VEHÍCULOS EN VÍAS Y TRAMOS QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

PROHÍBE CIRCULACIÓN DE TODO TIPO DE VEHÍCULOS EN VÍAS Y TRAMOS QUE SEÑALA

Núm. 291 exenta.- Copiapó, 6 de octubre de 2017.

Visto:

La ley N° 18.059; las resoluciones N° 39, de 1992, y N° 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; los artículos 107 y 113 del DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; solicitud de fecha 28 de septiembre de 2017, de la empresa Soinver Ingeniería S.A.; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.

Considerando:

  1. - Que mediante solicitud ingresada en esta Seremitt, mediante carta y formulario solicitud con fecha 28 de septiembre de 2017, la empresa Soinver ha informado a esta autoridad que en el contexto de las obras de mantención vial de la calzada existente, se realizarán obras intervención que requieren el cierre de media calzada de las siguientes rutas:

  2. - Que esta Secretaría Regional, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular.

  3. - Que el DFL N°1, de 2007, citado en vistos, señala en sus artículos N° 107 y N° 113 inciso primero, respectivamente, que:

    "Los conductores tienen derecho a transitar en sus vehículos por las vías públicas, salvo las excepciones que establece esta ley y las medidas que, en contrario y en casos especiales, adopte la autoridad competente".

    "El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas. Esta facultad será ejercitada de oficio o a petición de las Municipalidades o de la Dirección de Vialidad, según corresponda".

  4. - Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113 del DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo.

    Resuelvo:

  5. - Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos motorizados en media calzada de oriente a poniente en la comuna de Copiapó, de las vías que se indican a continuación hasta el día 1 de marzo de 2018, en los siguientes tramos:

  6. -...

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