Resolución núm. 290 EXENTA, publicada el 23 de Febrero de 2017. RECTIFICA RESOLUCIÓN N° 1.521 EXENTA, DE 2016, QUE ACTUALIZA LA PARTICIPACIÓN DE LAS CONCESIONARIAS EN LA NUMERACIÓN ASIGNADA PARA EFECTOS DEL PAGO DE LA INVERSIÓN DEL OAP
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Resolución |
RECTIFICA RESOLUCIÓN N° 1.521 EXENTA, DE 2016, QUE ACTUALIZA LA PARTICIPACIÓN DE LAS CONCESIONARIAS EN LA NUMERACIÓN ASIGNADA PARA EFECTOS DEL PAGO DE LA INVERSIÓN DEL OAP
Santiago, 14 de febrero de 2017.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:
Núm. 290 exenta.
Vistos:
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El decreto ley N°1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
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La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones.
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La Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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La Ley Nº 20.471, que crea el Organismo Administrador para la Portabilidad Numérica, en adelante la ley.
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El decreto supremo N° 16, de 2011, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, reglamento que estableció el Procedimiento de Licitación para designar al Organismo Administrador de la Portabilidad Numérica y todos los aspectos relativos a su instalación, organización, funcionamiento y condiciones económicas respecto de las transacciones asociadas a la Portabilidad.
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La resolución exenta N° 1.521, de 2016, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que determina los porcentajes de participación en la "Numeración Asignada" para la implementación de la Portabilidad.
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La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
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Que, a propósito de los antecedentes recabados en el ejercicio de las facultades encomendadas al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a través de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, se ha advertido que, en la resolución exenta Nº 1.521, de 2016, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, han aparecido de manifiesto errores materiales y/o inconsistencias en los cálculos correspondientes al promedio de numeración concesionaria y al porcentaje de participación.
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Que de conformidad con lo señalado en el inciso final del artículo 13° y en el 62º de la Ley 19.880, esta Subsecretaría viene en actuar de oficio con el objeto aclarar vio rectificar los errores detectados en el acto administrativo que se detalla en el punto precedente de la presente resolución; y, en uso de mis atribuciones.
Resuelvo:
Rectifíquese los siguientes porcentajes de participación en la "numeración asignada" para efectos del pago de la cuota que corresponda para financiar la inversión inicial en la que incurrió el Organismo...
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