Resolución núm. 287 EXENTA, publicada el 19 de Febrero de 2019. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 24 EXENTA, DE 2018, Y DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS - MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 766705465

Resolución núm. 287 EXENTA, publicada el 19 de Febrero de 2019. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 24 EXENTA, DE 2018, Y DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 24 EXENTA, DE 2018, Y DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

Núm. 287 exenta.- Valparaíso, 13 de febrero de 2019.

Visto:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la resolución exenta Nº 24, de 2018, de esta Subsecretaría, que delega facultades que indica; y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención de trámite de Toma de Razón.

Considerando:

Que la ley Nº 21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, cuyo objeto será colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley.

Que el artículo 4 de la referida ley indica que el Ministerio contemplará dentro de su estructura a la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, la cual, de acuerdo al artículo 7 de la misma ley, estará a cargo de un Subsecretario, quien será el jefe superior del Servicio y le corresponderá desempeñar las funciones que se asigna la ley N° 18.575.

Que asimismo, el artículo 8 de la mencionada ley establece que dicho Subsecretario será el superior jerárquico de las Secretarías Regionales Ministeriales.

Que el artículo 13 de la ley que creó este Ministerio contempla que en cada región del país existirá un(a) Secretario(a) Regional Ministerial, que será colaborador directo del Intendente y que dependerá técnica y administrativamente del Ministerio, de acuerdo a la ley vigente.

Que el artículo 9 de la ley N° 21.045, señala que será la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, la que deberá diseñar y ejecutar planes y programas destinados al cumplimiento de las políticas ministeriales, y en particular de las funciones y...

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