Resolución núm. 271 EXENTA, publicada el 15 de Febrero de 2020. FIJA TASAS POR PARTICIPACIÓN EN CURSO DE VERANO DE LA OMPI (SUMMER SCHOOL) EN EL MARCO DE CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO CON LA ACADEMIA DE LA OMPI, APROBADO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN Nº 77 EXENTA, DE 2017 - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 840325295

Resolución núm. 271 EXENTA, publicada el 15 de Febrero de 2020. FIJA TASAS POR PARTICIPACIÓN EN CURSO DE VERANO DE LA OMPI (SUMMER SCHOOL) EN EL MARCO DE CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO CON LA ACADEMIA DE LA OMPI, APROBADO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN Nº 77 EXENTA, DE 2017

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

FIJA TASAS POR PARTICIPACIÓN EN CURSO DE VERANO DE LA OMPI (SUMMER SCHOOL) EN EL MARCO DE CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO CON LA ACADEMIA DE LA OMPI, APROBADO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN Nº 77 EXENTA, DE 2017

Núm. 271 exenta.- Santiago, 6 de febrero de 2020.

Vistos:

Lo dispuesto en la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 20.254, de 2008, que crea el Instituto Nacional de Propiedad Industrial, especialmente su artículo 3, letras a), c), d), f) e i); en el decreto supremo Nº 69 que nombra en el decreto supremo Nº 69 de 2019, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que nombra a la Directora Nacional del Instituto Nacional de Propiedad Industrial; en la resolución exenta Nº 77, de 2017, que aprobó el convenio de colaboración suscrito entre la Academia de la OMPI y el Instituto Nacional de Propiedad Industrial para la realización del Curso de verano de la OMPI y en sus antecedentes complementarios; en el requerimiento ID 15165, del Encargado del Departamento Administrativo a la Subdirectora Jurídica, enviado con fecha 31 de enero de 2020, a través del sistema de gestión documental de Inapi, y en las resoluciones Nº 7 y Nº 8, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. - Que el Instituto Nacional de Propiedad Industrial es un organismo de carácter técnico y jurídico encargado de la administración y atención de los servicios de la propiedad industrial, conforme a lo dispuesto en las leyes sobre la materia, correspondiéndole promover la protección que brinda la propiedad industrial y difundir el acervo tecnológico y la información de que disponga.

  2. - Que la Ley Nº 20.254, de 2008, que crea el Instituto Nacional de Propiedad Industrial le entrega la función de mantener vínculos de cooperación con autoridades extranjeras y entidades internacionales que actúan en el campo de la Propiedad Industrial y la de promover iniciativas y desarrollar actividades tendientes a difundir el conocimiento de la propiedad industrial.

  3. - Que asimismo la letra i) del artículo 3º de la referida ley Nº 20.254, expresamente dispone que entre las funciones del Instituto Nacional de Propiedad Industrial está la de "Fijar los valores por los servicios que preste en conformidad a la ley...

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