Resolución núm. 269 EXENTA, publicada el 29 de Enero de 2018. DEJA SIN EFECTO DELEGACIÓN DE FACULTADES Y MODIFICA RESOLUCIÓN N° 3.913 EXENTA, DE 2016 - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 701704661

Resolución núm. 269 EXENTA, publicada el 29 de Enero de 2018. DEJA SIN EFECTO DELEGACIÓN DE FACULTADES Y MODIFICA RESOLUCIÓN N° 3.913 EXENTA, DE 2016

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

DEJA SIN EFECTO DELEGACIÓN DE FACULTADES Y MODIFICA RESOLUCIÓN N° 3.913 EXENTA, DE 2016

Núm. 269 exenta.- Talca, 11 de enero de 2018.

Vistos:

Lo establecido en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, del año 1979, y de las leyes 18.933 y Nº 18.469; DFL Nº 725/67 que aprobó el Código Sanitario; DS Nº 136, de fecha 8 de septiembre del año 2004, que aprueba Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; decreto Nº 60 de fecha 2 de abril de 2014 sobre Nombramiento del Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región del Maule; resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, mediante resolución exenta Nº 2.544, de fecha 15 de junio de 2016, fueron delegadas a funcionarios provinciales y comunales determinadas facultades en virtud del artículo 36 inciso segundo del decreto supremo 136, del año 2004, Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud en concordancia con el Título II, numeral 5, de la resolución exenta Nº 261, del 13 de abril de 2012, que aprueba el texto del Manual de Fiscalización Sanitaria.

  2. Que, la mencionada resolución se complementó y rectificó por medio de la dictación de la resolución exenta Nº 3.913, de fecha 15 de septiembre de 2016.

  3. Que, se ha implementado a lo largo del país el Sistema Electrónico de Tramitación de Sumarios Sanitarios (Sumanet).

  4. Que, este sistema computacional concentra ciertas atribuciones y facultades en cada una de las autoridades sanitarias regionales.

  5. Que, en consecuencia, resulta necesario modificar las resoluciones exentas Nº 2.544, de fecha 15 de junio de 2016, resolución exenta Nº 3.913, de fecha 15 de septiembre de 2016, en los términos que en la parte resolutiva se expresan.

    Resolución:

    Primero: Déjense sin efecto la delegación de facultades practicada en los puntos segundo número 2 y 12 de la parte resolutiva de la resolución exenta Nº 2.544, de fecha 15 de junio de 2016.

    Segundo: Modifíquese resolución exenta Nº 3.913, de fecha 15 de septiembre de 2016, específicamente donde dice: "Ejercer aquellas atribuciones contenidas en el artículo 177 del Código Sanitario y adoptar las medidas sanitarias de emergencia establecidas en el artículo 178 del Código Sanitario", debe decir: "Ejercer aquellas atribuciones contenidas en el artículo 177 del Código Sanitario las que recaerán en forma exclusiva en el Jefe de Departamento de Acción Sanitaria".

    Tercero: Que, por lo...

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