Resolución núm. 253, publicada el 30 de Diciembre de 2015. RECHAZA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PARTIDOS POLÍTICOS - SERVICIO ELECTORAL - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 590839410

Resolución núm. 253, publicada el 30 de Diciembre de 2015. RECHAZA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PARTIDOS POLÍTICOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorSERVICIO ELECTORAL
Rango de LeyResolución

RECHAZA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PARTIDOS POLÍTICOS

Núm. O-253.- Santiago, 14 de diciembre de 2015.

Visto:

  1. Que, con fecha 19 de octubre de 2015, las señoras Alejandra Sepúlveda Orbenes y Marta Molina Ávila, Presidenta y Secretaria General de la Directiva Central provisional, solicitaron la inscripción de la entidad denominada "Movimiento Independiente Regionalista Agrario y Social", en formación, en la Región VI, solicitud publicada en el Diario Oficial de fecha 5 de noviembre de 2015.

  2. Lo dispuesto en los artículos 3, 6, 7, 9, 12 y 15 de la Ley Nº 18.603 Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos y el artículo 68 letras h) y k) de la Ley Nº 18.556 Sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral.

    Considerando:

  3. Que, el partido en formación solicitante no ha acreditado la afiliación mínima de ciudadanos exigida por el artículo 6º de la ley Nº 18.603, ya citada, en la Región VI del Libertador Bernardo O'Higgins, estando, sin embargo, dentro del margen de diez por ciento para los efectos del artículo Nº 15 de la misma ley, y

  4. Que, consecuentemente, no se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3º de la ley Nº 18.603.

    Resuelvo:

    Recházase la solicitud de inscripción en el Registro de Partidos Políticos de la colectividad denominada "Movimiento Independiente Regionalista Agrario y Social", en formación.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Elizabeth...

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