Resolución núm. 2495 EXENTA, publicada el 23 de Junio de 2018. APRUEBA DOCUMENTO QUE CONTIENE EL PROGRAMA DE APOYO A LA INTEGRACIÓN DE LA POBLACIÓN INMIGRANTE EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD, AÑO 2018 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 729799853

Resolución núm. 2495 EXENTA, publicada el 23 de Junio de 2018. APRUEBA DOCUMENTO QUE CONTIENE EL PROGRAMA DE APOYO A LA INTEGRACIÓN DE LA POBLACIÓN INMIGRANTE EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD, AÑO 2018

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyResolución

APRUEBA DOCUMENTO QUE CONTIENE EL PROGRAMA DE APOYO A LA INTEGRACIÓN DE LA POBLACIÓN INMIGRANTE EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD, AÑO 2018

Núm. 2.495 exenta.- Santiago, 22 de mayo del año 2018.

Vistos:

Lo dispuesto en la Ley N° 18.575, del año 2001, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880, del año 2003, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N° 21.053 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año 2018; en la Ley N° 19.862 que Establece Registros de las Personas Jurídicas receptoras de Fondos Públicos; en la Resolución N° 1.600 del año 2008, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón y sus modificaciones, y la Resolución N° 30, del año 2015, que Fija Normas de Procedimiento sobre Rendición de Cuentas, ambas de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, la Ley N° 21.053, que aprueba el presupuesto del sector público para el año 2018, específicamente en la Glosa N° 05, subtítulo 24, ítem de asignación 002, Asistencia Social ORASMI, señala que con cargo a estos recursos se entregará apoyo e integración en nuestro país a los inmigrantes en condición de vulnerabilidad debidamente acreditada, que no tengan la condición de refugiados ni sean solicitantes de reconocimiento de la condición de refugiado,

  2. Que, con el objeto de llevar a cabo lo antes descrito y para la adecuada distribución de los recursos públicos contemplados en la glosa presupuestaria aludida, se requiere de la implementación de un Programa, denominado "Programa de apoyo a la integración de la población inmigrante en situación de vulnerabilidad, año 2018",

  3. Que, la participación de entidades públicas y privadas en calidad de colaboradoras de la función que lleva a cabo el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, dice relación con la asistencia directa a las personas inmigrantes, contemplando para ello procesos de diagnósticos que permiten conocer la situación de vulnerabilidad de éstos; la activación de redes de apoyo que puedan entregar insumos para el éxito de la iniciativa, además de elaborar informes técnicos y financieros respecto de los recursos asignados,

  4. Que, en virtud del principio de formalidad que rige a los actos de la Administración del Estado, establecido en el artículo 3° de la Ley N° 19.880, es necesario aprobar el "Programa apoyo a la integración de la población inmigrante, año 2018", mediante la dictación del correspondiente acto administrativo,

Resuelvo:

Artículo único

Apruébese, el documento que contiene el denominado "Programa de apoyo a la integración de la población inmigrante, año 2018", elaborado por la Subsecretaría del Interior, y cuyo tenor es el siguiente:

PROGRAMA DE APOYO A LA INTEGRACIÓN DE LA POBLACIÓN INMIGRANTE, AÑO 2018, DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

  1. ANTECEDENTES

    El Estado de Chile a través del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, contempla recursos en la Ley de Presupuestos del Sector Público del año 2018, en la Partida correspondiente a la Subsecretaría del Interior (05.10.01), con cargo al fondo ORASMI (24.01.002), para los efectos previstos en su Glosa Nº 05, correspondiente al "apoyo e integración en nuestro país, de (...) inmigrantes en condición de vulnerabilidad debidamente acreditada y que no tengan condición de refugiados ni solicitantes de refugio (...)".

    Los recursos destinados al apoyo de los procesos de integración se ejecutan por medio de la implementación del Programa de Apoyo a la integración de las personas inmigrantes cuyo objetivo general para este año es contribuir a la integración y protección en nuestro país de los inmigrantes que se encuentren en condición de vulnerabilidad debidamente acreditada. Este Programa contempla el apoyo hacia los inmigrantes, mediante el financiamiento de proyectos de integración desarrollados por instituciones públicas y privadas, que no persigan fines de lucro, de acuerdo a lo señalado en los convenios que para tal efecto se suscriban con el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

    A lo largo del proceso de implementación del Programa, el Departamento de Acción Social, en adelante DAS, ejecutará acciones de seguimiento de la gestión con el objeto de actualizar las características de la población beneficiaria; los resultados del Programa; los indicadores de procesos relevantes; datos que serán determinantes al momento de tomar decisiones, y monitorear su implementación y gestión.

    El Programa requiere para su ejecución la celebración de convenios de colaboración financiera con instituciones públicas o privadas, que no persigan fines de lucro, y que cuenten con experiencia y capacidad instalada para la atención y asistencia a la población inmigrante, llamadas también Agencias Implementadoras, las que de manera directa asisten a las personas inmigrantes.

    La implementación de este Programa se efectúa mediante la transferencia de recursos a las Agencias Implementadoras. Para este año se han destinado $150.000.000.- (ciento cincuenta millones de pesos), en conformidad a lo indicado en la Ley de Presupuesto del Sector Público y al presupuesto ejecutado por las Agencias Implementadoras del Programa de Promoción durante el año 2017.

  2. MARCO LEGAL

    Los órganos que integran la administración del Estado en Chile se encuentran obligados a respetar los Derechos Humanos garantizados en la Constitución Política de la República así como en los Tratados Internacionales ratificados por nuestro país y que se encuentren vigentes de conformidad a lo preceptuado en el artículo inciso de la Carta Fundamental, dentro de los cuales se encuentran:

    . La Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores migrantes y sus familiares.

    . El Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

    . La Ley N° 20.507 del año 2011 que tipifica los delitos de Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas y establece normas para su prevención y más efectiva persecución criminal.

    . Lo dispuesto en la Ley de Presupuestos del Sector Público del año 2018, en la partida correspondiente a la Subsecretaría del Interior (05.10.01), con cargo al Fondo ORASMI (24.01.002), para los efectos previstos en su Glosa N° 05, correspondiente al "apoyo e integración en nuestro país, de (...) inmigrantes en condición de vulnerabilidad debidamente acreditada y que no tengan condición de refugiados ni solicitantes de refugio (...)".

    El DAS, creado mediante Resolución Exenta N° 1.328, de fecha 11 de febrero del año 2011, de la Subsecretaría del Interior, modificada posteriormente a través de la Resolución Exenta N° 6.320, de fecha 6 de octubre de 2017, de la Subsecretaría del Interior; a través del Programa Fondo ORASMI (Organización Regional de Acción Social del Ministerio del Interior), en virtud de lo señalado en la Ley de Presupuestos del Sector Público, a destinar recursos específicos para (...) el apoyo e integración en nuestro país de refugiados, solicitantes de refugio e inmigrantes en condición de vulnerabilidad debidamente acreditada (...).

    El Fondo ORASMI es una herramienta de gestión destinada a financiar prestaciones específicas a personas naturales, chilenas y extranjeras, en situación de vulnerabilidad, con la finalidad de "contribuir a disminuir las situaciones de vulnerabilidad transitoria que se dan por la incapacidad de las personas y familias de asumir los costos económicos de ciertas situaciones del entorno, fortaleciendo así la cobertura de la acción social del Estado" para esto se establece como: "que las personas y sus familias cuenten con respuestas económicas en complementariedad con otras instituciones y recursos propios para enfrentar situaciones que los expongan a un estado de vulnerabilidad transitoria".

    El presente Programa, corresponde a una iniciativa de financiamiento orientada a fortalecer las herramientas personales con las que cuentan las personas migrantes para integrarse y aportar positivamente a la vida nacional. Lo anterior se realizará a través de proyectos para la habilitación de competencias laborales y entrega de herramientas de trabajo, así como al aprendizaje del idioma, ambos factores claves para favorecer la autonomía de las personas.

    Si bien las motivaciones de la migración son multidimensionales, ya en territorio nacional estas personas constituyen un aporte a la vida nacional en general, y es menester del Estado y sus instituciones facilitar y orientar el acceso a condiciones de bienestar, que les permitan desarrollar su proyecto de vida personal y contribuir al desarrollo del país. En la población que acoge Chile existe el componente de potencial laboral, ya que un 71.9% se encuentra entre los tramos de edad que van desde los 20 a los 50 años(1). Esta composición de la población fundamenta el desafío de generar instancias que complementen la asistencia social dirigida...

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