Resolución núm. 2461 EXENTA, publicada el 15 de Noviembre de 2016. NOTIFICACIÓN - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 653236293

Resolución núm. 2461 EXENTA, publicada el 15 de Noviembre de 2016. NOTIFICACIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

NOTIFICACIÓN

Resolución exenta 2.461/2016 de fecha 30-09-2016; Visto: Ley Nº 18.755 Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; decreto ley Nº 3.557/1980; la resolución exenta Nº 1.557 de 2014 que establece exigencias para la aplicación de plaguicidas y deroga la resolución exenta Nº 3.670 de 1999; lo establecido en la resolución exenta Nº 2.195 de 2000 del Servicio Agrícola y Ganadero, que establece Requisitos que deben cumplir las Etiquetas de los Envases de Plaguicidas de Uso Agrícola; la resolución afecta Nº 1 del 06-01-2015, la cual designa al Director Regional RM.; Considerando: 1.- Que, el Servicio Agrícola y Ganadero tiene por objeto contribuir al desarrollo agropecuario del país, mediante la protección, mantención e incremento de la salud animal y vegetal; la protección y conservación de los recursos naturales renovables que inciden en el ámbito de la producción agropecuaria del país y el control de insumos y productos agropecuarios sujetos a regulación en normas legales y reglamentarias. 2.- Que para el cumplimiento de su objeto el Servicio Agrícola y Ganadero, aplica y fiscaliza el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias sobre prevención, control y erradicación de plagas de los vegetales y enfermedades transmisibles de los animales y conocerá y sancionará toda infracción de las normas legales y reglamentarias cuya fiscalización compete al Servicio. 3.- Que, corresponde al Servicio Agrícola y Ganadero, regular, restringir o prohibir la fabricación, importación, exportación, distribución, venta, tenencia y aplicación de los plaguicidas. 4.- Que conforme lo establece el artículo 12 de la ley 18.755 los inspectores del Servicio son ministros de fe, y dispone "Las denuncias formuladas por los Inspectores del Servicio o por el personal de Carabineros de Chile constituirán presunción legal de haberse cometido la infracción". 5.- Que, a fojas 1, se acompaña Acta de Denuncia y Citación Nº 13-02194, de fecha 16-08-2016, cursada a Gerardo Piero Faccio Rojas, RUT 12.873.091-5, con domicilio en Lo Echevers s/n, Parcela Nº110, comuna de Lampa, Región Metropolitana, por haberse comprobado la siguiente infracción: Por mal uso de plaguicida sobre la especie vegetal repollo variedad morado de acuerdo a FIM 6195. 6.- Que, a fojas 8 rolan descargos presentados por don Gerardo Piero Faccio Rojas en quien en síntesis expuso: Que siempre han actuado bajo las normas, que pudo haberse producido que a lo mejor no respetaron la carencia; que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR