Resolución núm. 241 EXENTA, publicada el 23 de Enero de 2019. PROHIBICIÓN PARCIAL DE EXTRACCIÓN POR PRESENCIA DE TOXINA VPM EN SECTOR DEL LITORAL DE LA REGIÓN DE LOS RÍOS QUE INDICA - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 758038833

Resolución núm. 241 EXENTA, publicada el 23 de Enero de 2019. PROHIBICIÓN PARCIAL DE EXTRACCIÓN POR PRESENCIA DE TOXINA VPM EN SECTOR DEL LITORAL DE LA REGIÓN DE LOS RÍOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

PROHIBICIÓN PARCIAL DE EXTRACCIÓN POR PRESENCIA DE TOXINA VPM EN SECTOR DEL LITORAL DE LA REGIÓN DE LOS RÍOS QUE INDICA

Núm. 241 exenta.- Valdivia, 15 de enero de 2019.

Vistos y teniendo presente:

Las facultades legales y reglamentarias que me confiere el DFL Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763/79 y de las leyes 18.933 y 18.469; los artículos 1, 3, 5, 9 letra b), 67 y 104 del DFL Nº 725/1967 Código Sanitario; la ley Nº 19.880/2003; los artículos 102 y 333 del DS Nº 977, de 1996, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de los Alimentos; DS Nº 136, de 2004, Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; Dto. exento Nº 125/2018, del Ministerio de Salud; resolución exenta Nº 24/2009 del Ministerio de Salud, Programa Nacional de Vigilancia y Control de las Intoxicaciones por Floraciones Algales Nocivas ("Marea Roja"); en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y en el artículo 333 del Reglamento Sanitario de los Alimentos, y resoluciones exentas Nº 2.043, de 11 de abril de 2018, Nº 3.983, de 24.07.2018 y Nº 4.369, de 10.08.2018, de esta Seremi, y

Considerando:

  1. - La necesidad de establecer un procedimiento de control sanitario para la jurisdicción de la Autoridad Sanitaria de la Región de Los Ríos, manteniendo la vigilancia a fin de evitar el riesgo de consumo de productos bivalvos y otros contaminados por el fenómeno de FAN del tipo Paralizante.

  2. - Que dados los resultados de los Informes correspondientes a las Actas Nº 2164, de 08.01.19, y Nº 2163 de 08.01.19, correspondientes a muestras del recurso Loco (Concholepas concholepas), de los sectores de Caleta Los Molinos y Caleta de Huiro, respectivamente, que arrojaron un resultado Detectable de Veneno Paralizante Molusco (VPM), haciendo necesario establecer prohibiciones de extracción para el recurso antes indicado.

  3. - Que, es deber fundamental de esta Autoridad el velar por la integridad de la salud de la población de toda la Región de Los Ríos, existiendo actualmente aún un inminente riesgo para la salud de la misma, por lo que dicto la siguiente

Resolución:

  1. Establézcase la prohibición preventiva y temporal correspondiente a la medida sanitaria de prohibición de recolección y captura, así como la extracción, transporte, comercialización, elaboración, traslado, procesamiento y tenencia para comercialización, de la especie Loco (Concholepas concholepas), a aquellos...

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