Resolución núm. 241 EXENTA, publicada el 23 de Abril de 2015. APRUEBA NORMA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA AGENCIA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DE CHILE - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 567166218

Resolución núm. 241 EXENTA, publicada el 23 de Abril de 2015. APRUEBA NORMA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA AGENCIA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DE CHILE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyResolución

APRUEBA NORMA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA AGENCIA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DE CHILE

Núm. 241 exenta.- Santiago, 9 de abril de 2015.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 1, 5, 6, 7 y 8, Nº 12, 14 y 15 del art. 19 de la Constitución Política del Estado; la ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley Nº19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la Administración del Estado; la Ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública; la Ley Nº20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública; el Instructivo Presidencial Nº7, de 6 de agosto de 2014, Orgánica de la Agencia de Cooperación Internacional de Chile, y sus modificaciones; en la resolución Nº10, de 1996, Reglamento de la Agencia de Cooperación Internacional de Chile, y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República,

Considerando:

  1. - Que, con fecha 16 de febrero del año 2011, se publicó en el Diario Oficial el texto de la Ley Nº20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, la cual en su Título IV reconoce el derecho a las personas a participar en políticas, planes, programas y acciones del Estado, obligando a sus órganos a establecer las distintas modalidades formales y específicas de participación que tendrán las personas y organizaciones en el ámbito de su competencia.

  2. - Que, para adecuar las normas existentes en este Servicio, y en estricto cumplimiento con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 70 de dicha ley, es que se hace necesario actualizar y establecer los distintos mecanismos de participación ciudadana que tendrá la Agencia de Cooperación Internacional de Chile, con el objeto de promover el perfeccionamiento del sistema democrático del país, por medio de diversas iniciativas tendientes a promover la participación ciudadana en la gestión pública en torno a cuatro ejes programáticos: 1.- Acceso a la Información Relevante; 2.- Consulta Ciudadana; 3.-Cuenta Pública Participativa; y, 4.- Consejos de la Sociedad Civil.

  3. - Que mediante el nuevo Instructivo Presidencial Nº 7, de 6 de agosto de 2014, la Presidenta de la República ha estimado poner al día los lineamientos gubernamentales sobre la aplicación de la ley Nº20.500 y comprometer coordinadamente a los organismos de la Administración del Estado en la implementación de acciones de articulación con la sociedad civil y sus organizaciones.

  4. - Que la Agencia de Cooperación Internacional de Chile debe establecer formalmente los mecanismos de participación ciudadana que tendrán las personas y organizaciones en el ámbito de su competencia, lo que debe ser traducido en un documento.

    Resuelvo:

  5. - Apruébase la siguiente Norma de Participación Ciudadana de la Agencia de Cooperación Internacional de Chile.

    "NORMA ESPECÍFICA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA AGENCIA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DE CHILE

     

Título I
Disposiciones Generales Artículos 1 a 29
Artículo 1

La presente Norma Específica de Participación Ciudadana de la Agencia de Cooperación Internacional de Chile (en adelante AGCI), regula las modalidades formales y específicas de participación que tendrán las personas y organizaciones en el ámbito de su competencia.

Artículo 2

La participación ciudadana en la gestión de la Agencia de Cooperación Internacional de Chile tiene los siguientes fundamentos:

  1. El Estado reconoce a las personas el derecho de participar en sus políticas, planes, programas y acciones.

  2. Es contraria a la participación ciudadana toda conducta destinada a excluir o discriminar, sin razón justificada, el ejercicio del derecho de participación ciudadana en la forma antes señalada.

  3. La necesidad de promover y orientar las acciones de participación ciudadana hacia el mejoramiento de la eficacia, eficiencia y efectividad de las políticas públicas, mejorar y fortalecer los canales y espacios de información y opinión de la ciudadanía y fortalecer las organizaciones de la sociedad civil introduciendo una cultura de la corresponsabilidad.

Título II DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN Artículos Único a 29

CIUDADANA

Artículo 3

Constituyen mecanismos de participación ciudadana de la Agencia de Cooperación Internacional de Chile, los siguientes:

  1. Acceso a Información Relevante

  2. Cuenta Pública Participativa

  3. Consulta Ciudadana

  4. El Consejo de la Sociedad Civil.

Sin perjuicio de lo anterior, el Director Ejecutivo podrá autorizar, mediante resolución, la realización de otros mecanismos de participación ciudadana, complementarios a los señalados en este artículo.

DEL ACCESO A LA INFORMACIÓN RELEVANTE

Artículo 4

La Agencia de Cooperación Internacional de Chile deberá poner en conocimiento público información relevante referida a sus políticas, planes, programas, acciones y presupuestos, asegurando que ésta sea oportuna, completa y ampliamente accesible, dando cumplimiento también, en tiempo y forma, a la Ley Nº20.285, sobre Acceso a la Información Pública y a la Ley Nº20.730, que Regula el Lobby y las Gestiones que Representen Intereses Particulares ante las Autoridades y Funcionarios.

Artículo 5

La información antes señalada estará disponible a través del Sistema de Atención Integral de Información y Atención Ciudadana (SIAC) de AGCI, que permite invitar a la ciudadanía a participar e incorporar sus opiniones para el mejoramiento de su gestión pública, así como a través de la página de Transparencia Activa de la Agencia.

La ciudadanía puede acceder a los espacios de atención a través de las siguientes formas:

  1. El Sistema Integral de Información y Atención Ciudadana (SIAC)

    OIRS Virtual: El sitio web www.agci.gob.cl permite obtener información general sobre el quehacer de la Agencia durante las 24 horas del día y contactarse con AGCI a través del "Formulario Contacto OIRS". Asimismo, se puede obtener información sobre la composición, regulación y...

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