Resolución núm. 237 EXENTA, publicada el 17 de Agosto de 2015. EXTRACTO DE RESOLUCIÓN Nº 2015/PAD/13/00237 EXENTA, DE FECHA 23/02/2015, QUE APRUEBA PROCESO ADMINISTRATIVO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 580119718

Resolución núm. 237 EXENTA, publicada el 17 de Agosto de 2015. EXTRACTO DE RESOLUCIÓN Nº 2015/PAD/13/00237 EXENTA, DE FECHA 23/02/2015, QUE APRUEBA PROCESO ADMINISTRATIVO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

EXTRACTO DE RESOLUCIÓN Nº 2015/PAD/13/00237 EXENTA, DE FECHA 23/02/2015, QUE APRUEBA PROCESO ADMINISTRATIVO

La Superintendencia de Educación a través de resolución exenta Nº2015/ PAD/13/00237 de fecha 23 de febrero de 2015, aprobó Proceso Administrativo en contra del Establecimiento Educacional Colegio Particular We Tripantu, RBD 25.761, de la comuna de San Joaquín, ubicado en Liszt N° 3185, cuya sostenedora es la Sociedad Educacional Ata Cumbre Ltda., RUT 77.812.240-5 y su representante legal es don Fabián Palacios Cereceda, RUT 12.908.083-3. Dicho proceso se ordenó instruir por resolución exenta Nº 2014/PAD/13/04105 de fecha 19 de diciembre de 2014, por presuntas contravenciones a la normativa educacional, designando fiscal investigador, formulando cargos y otorgando un plazo para presentar descargos de acuerdo a lo siguiente: 1.- Que, a través de Acta de Fiscalización Nº .413.04.109 de fecha 5 de agosto de 2014, se constataron hechos que configuran presuntas infracciones a la normativa educacional. 2.- Que, conforme a los antecedentes que constan en el proceso, se ordenó instruir proceso administrativo por los siguientes cargos: Número Hallazgo (39) Establecimiento no presenta rendiciones de cuentas. Número Sustento (39.00) Establecimiento no presenta rendiciones de cuentas. Norma Transgredida: Artículo 54 de la ley N° 20.529. Artículo 5 del decreto con fuerza de ley N° 2 de 1998 del Ministerio de Educación. Artículos 7 letra a) y 32 de la ley N° 20.248. Artículos 24 al 27 del decreto supremo Nº 235 de 2008, del Ministerio de Educación. Tipo Infraccional: Infracción Grave. Artículo 76 letra a) de la ley Nº20.529. 3.- Se designó Fiscal Instructor a don Jorge Enrique Bravo Santos, funcionario de la Dirección Regional de la Superintendencia de Educación, Región Metropolitana. 4.- Se dejó constancia que el sostenedor dispone, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 70 de la ley 20.529, de un plazo de diez días hábiles, contados desde la...

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