Resolución núm. 230 EXENTA, publicada el 23 de Octubre de 2020. APRUEBA EL REGLAMENTO DEL CONSEJO DE LA SOCIEDAD CIVIL DEL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA Y DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN N° 287 EXENTA, DE 2016, DE ESTA CORPORACIÓN
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA |
Rango de Ley | Resolución |
APRUEBA EL REGLAMENTO DEL CONSEJO DE LA SOCIEDAD CIVIL DEL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA Y DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN N° 287 EXENTA, DE 2016, DE ESTA CORPORACIÓN
Núm. 230 exenta.- Santiago, 15 de octubre de 2020.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 33, letra c), y 42, letras b) y c), de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285; en la ley N° 20.500, sobre Asociación y Participación Ciudadana en la Gestión Pública; en la resolución exenta N° 210, de 21 de septiembre de 2020, que ejecuta acuerdo del Consejo Directivo sobre Política de Participación Ciudadana y deja sin efecto resolución exenta N° 7, de 2013; en el Acta de la Sesión Ordinaria N° 1.129, celebrada 17 de septiembre de 2020, por el Consejo Directivo de esta Corporación; en la resolución exenta N° 287, de 17 de mayo de 2016, que Aprueba el Reglamento Interno del Consejo de la Sociedad Civil (Cosoc) del Consejo para la Transparencia; en la sesión ordinaria N° 1.135, de fecha 8 de octubre de 2020; en la resolución exenta N° 167, de 23 de abril de 2015, del Consejo para la Transparencia, que aprueba Reglamento de Suplencias y Subrogaciones del Consejo para la Transparencia, modificado por resolución exenta N° 425, de 14 de agosto de 2019; la resolución exenta N° 127, de 3 de junio de 2020, del Consejo para la Transparencia, que aprobó la modificación del contrato de trabajo suscrita con don David Ibaceta Medina, designándolo Director Jurídico Titular de esta Corporación; y la resolución exenta N° 194, de 27 de agosto de 2020, del Consejo para la Transparencia, que designa a don David Ibaceta Medina, como Director General Suplente de esta Corporación.
Considerando:
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Que, la Ley N° 20.500, sobre Asociación y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, a la cual se adscribe voluntariamente este Consejo, tiene por objeto de establecer formalmente y promover espacios de participación ciudadana en la gestión de los órganos públicos mediante una activa intervención e involucramiento de la ciudadanía en el diseño y elaboración de las decisiones públicas, la cual supone la apertura de espacios y mecanismos de articulación entre los órganos públicos y los diversos actores sociales, así como la creación de instrumentos y procedimientos puestos a disposición de los ciudadanos, que faciliten la intervención e involucramiento que se persigue.
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Que, inspirado en los principios de participación ciudadana, tales como el de igualdad y no discriminación, transparencia; respeto y diálogo; apertura y rendición de cuentas; compromiso y corresponsabilidad; y, participación voluntaria y comunicación, el Consejo para la Transparencia ha implementado una nueva Política de Participación Ciudadana -que vino a reemplazar la vigente desde el año 2013- la cual fue aprobada por su Consejo Directivo en sesión ordinaria N° 1.129, celebrada 17 de septiembre de 2020 y ejecutada por resolución exenta N° 210, de 21 de septiembre del presente, que define y actualiza el funcionamiento de los mecanismos que utilizará para fomentar la participación.
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Que, conforme a esta nueva Política de Participación Ciudadana, el Consejo de la Sociedad Civil o Cosoc, continua siendo uno de los mecanismos o instancias claves de participación, pero con un objetivo diverso del anterior, en cuanto a que su finalidad será profundizar la participación ciudadana, considerando la opinión de las organizaciones sociales y organismos especializados en los procesos de discusión, y toma de decisiones sobre el diseño, implementación, difusión y evaluación, de políticas públicas impulsadas por el Consejo, así como promover el control social hacia la institución; y colaborar y apoyar al Consejo en las acciones políticas y programas impulsados por esta Corporación, ya sea mediante la participación o la difusión.
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Que, atendido que la conformación, funciones y periodicidad de este mecanismo de participación (Cosoc) debe adecuarse a la nueva Política de Participación Ciudadana, resulta necesario sustituir el actual Reglamento Interno del Consejo de la Sociedad Civil del Consejo para la Transparencia, que fue aprobado por resolución exenta N° 287, de 17 de mayo de 2016, de este Consejo, por un nuevo Reglamento.
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Que, el Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia, en sesión ordinaria N° 1.135, de fecha 8 de octubre de 2020, acordó por unanimidad, aprobar el texto que viene a reemplazar el Reglamento del Consejo de la Sociedad Civil del Consejo para la Transparencia, ejecutándose dicho acuerdo por este acto.
Resuelvo:
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Apruébase el Reglamento del Consejo de la Sociedad Civil del Consejo para la Transparencia, cuyo texto es el...
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