Resolución núm. 230 EXENTA, publicada el 23 de Octubre de 2020. APRUEBA EL REGLAMENTO DEL CONSEJO DE LA SOCIEDAD CIVIL DEL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA Y DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN N° 287 EXENTA, DE 2016, DE ESTA CORPORACIÓN - CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 850900326

Resolución núm. 230 EXENTA, publicada el 23 de Octubre de 2020. APRUEBA EL REGLAMENTO DEL CONSEJO DE LA SOCIEDAD CIVIL DEL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA Y DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN N° 287 EXENTA, DE 2016, DE ESTA CORPORACIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorCONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA
Rango de LeyResolución

APRUEBA EL REGLAMENTO DEL CONSEJO DE LA SOCIEDAD CIVIL DEL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA Y DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN N° 287 EXENTA, DE 2016, DE ESTA CORPORACIÓN

Núm. 230 exenta.- Santiago, 15 de octubre de 2020.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 33, letra c), y 42, letras b) y c), de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285; en la ley N° 20.500, sobre Asociación y Participación Ciudadana en la Gestión Pública; en la resolución exenta N° 210, de 21 de septiembre de 2020, que ejecuta acuerdo del Consejo Directivo sobre Política de Participación Ciudadana y deja sin efecto resolución exenta N° 7, de 2013; en el Acta de la Sesión Ordinaria N° 1.129, celebrada 17 de septiembre de 2020, por el Consejo Directivo de esta Corporación; en la resolución exenta N° 287, de 17 de mayo de 2016, que Aprueba el Reglamento Interno del Consejo de la Sociedad Civil (Cosoc) del Consejo para la Transparencia; en la sesión ordinaria N° 1.135, de fecha 8 de octubre de 2020; en la resolución exenta N° 167, de 23 de abril de 2015, del Consejo para la Transparencia, que aprueba Reglamento de Suplencias y Subrogaciones del Consejo para la Transparencia, modificado por resolución exenta N° 425, de 14 de agosto de 2019; la resolución exenta N° 127, de 3 de junio de 2020, del Consejo para la Transparencia, que aprobó la modificación del contrato de trabajo suscrita con don David Ibaceta Medina, designándolo Director Jurídico Titular de esta Corporación; y la resolución exenta N° 194, de 27 de agosto de 2020, del Consejo para la Transparencia, que designa a don David Ibaceta Medina, como Director General Suplente de esta Corporación.

Considerando:

  1. Que, la Ley N° 20.500, sobre Asociación y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, a la cual se adscribe voluntariamente este Consejo, tiene por objeto de establecer formalmente y promover espacios de participación ciudadana en la gestión de los órganos públicos mediante una activa intervención e involucramiento de la ciudadanía en el diseño y elaboración de las decisiones públicas, la cual supone la apertura de espacios y mecanismos de articulación entre los órganos públicos y los diversos actores sociales, así como la creación de instrumentos y procedimientos puestos a disposición de los ciudadanos, que faciliten la intervención e involucramiento que se persigue.

  2. Que, inspirado en los principios de participación ciudadana, tales como el de igualdad y no discriminación, transparencia; respeto y diálogo; apertura y rendición de cuentas; compromiso y corresponsabilidad; y, participación voluntaria y comunicación, el Consejo para la Transparencia ha implementado una nueva Política de Participación Ciudadana -que vino a reemplazar la vigente desde el año 2013- la cual fue aprobada por su Consejo Directivo en sesión ordinaria N° 1.129, celebrada 17 de septiembre de 2020 y ejecutada por resolución exenta N° 210, de 21 de septiembre del presente, que define y actualiza el funcionamiento de los mecanismos que utilizará para fomentar la participación.

  3. Que, conforme a esta nueva Política de Participación Ciudadana, el Consejo de la Sociedad Civil o Cosoc, continua siendo uno de los mecanismos o instancias claves de participación, pero con un objetivo diverso del anterior, en cuanto a que su finalidad será profundizar la participación ciudadana, considerando la opinión de las organizaciones sociales y organismos especializados en los procesos de discusión, y toma de decisiones sobre el diseño, implementación, difusión y evaluación, de políticas públicas impulsadas por el Consejo, así como promover el control social hacia la institución; y colaborar y apoyar al Consejo en las acciones políticas y programas impulsados por esta Corporación, ya sea mediante la participación o la difusión.

  4. Que, atendido que la conformación, funciones y periodicidad de este mecanismo de participación (Cosoc) debe adecuarse a la nueva Política de Participación Ciudadana, resulta necesario sustituir el actual Reglamento Interno del Consejo de la Sociedad Civil del Consejo para la Transparencia, que fue aprobado por resolución exenta N° 287, de 17 de mayo de 2016, de este Consejo, por un nuevo Reglamento.

  5. Que, el Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia, en sesión ordinaria N° 1.135, de fecha 8 de octubre de 2020, acordó por unanimidad, aprobar el texto que viene a reemplazar el Reglamento del Consejo de la Sociedad Civil del Consejo para la Transparencia, ejecutándose dicho acuerdo por este acto.

Resuelvo:

  1. Apruébase el Reglamento del Consejo de la Sociedad Civil del Consejo para la Transparencia, cuyo texto es el...

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