Resolución núm. 22335 EXENTA, publicada el 08 de Marzo de 2018. MODIFICA RESOLUCIÓN N° 16.677 EXENTA, DE FECHA 26.12.2016, QUE APRUEBA PROTOCOLO DE ANÁLISIS Y/O ENSAYOS PE N° 8/8, DE FECHA 26.12.2016
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ENERGÍA |
Rango de Ley | Resolución |
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 16.677 EXENTA, DE FECHA 26.12.2016, QUE APRUEBA PROTOCOLO DE ANÁLISIS Y/O ENSAYOS PE N° 8/8, DE FECHA 26.12.2016
Núm. 22.335 exenta.- Santiago, 7 de febrero de 2018.
Visto:
Lo dispuesto en la ley N° 18.410, orgánica de esta Superintendencia; el decreto supremo N° 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el Reglamento para la Certificación de Productos Eléctricos y de Combustibles, y en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón,
Considerando:
-
Que, mediante resolución exenta N° 16.677, de fecha 26.12.2016, se aprobó el protocolo PE N° 8/8: 2016, cargadores de celulares (fuentes conmutadas).
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Que, de acuerdo a la información proporcionada por los importadores de cargadores que sirven para cargar celulares (fuentes conmutadas), existen diversos problemas logísticos para poder cumplir en plenitud con la certificación del stock con el que hoy cuentan las compañías de telecomunicaciones, el retail y los distribuidores.
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Que, la obligatoriedad de certificación para fabricantes nacionales, importadores y comercializadores de cargadores que sirven para cargar celulares (fuentes conmutadas) comienza a regir el 31.03.2018,
Resuelvo:
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Modifíquese Tabla del resuelvo N° 1 de la resolución exenta N° 16.677, de fecha 26.12.2016.
Tabla
Protocolo Área Producto Actor Fecha de
aplicación
PE N° 8/8:2016 Cargadores que Fabricantes
fecha 26.12.2016 Seguridad sirven para cargar nacionales 31.03.2018
Cargadores de celulares (fuentes importadores
celulares conmutadas)
(fuentes
conmutadas) Comercializadores 30.09.2018
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A contar del 31.03.2018 fabricantes nacionales e importadores previo a su comercialización en el país (primera venta en Chile) deberán contar con el respectivo...
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