Resolución núm. 2217, publicada el 08 de Enero de 2016. POSTERGA LA IMPLEMENTACIÓN DEL REGISTRO ELECTRÓNICO INTEGRADO DEL SISTEMA DE CONTROL DE CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA LABORAL PORTUARIA - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 591243306

Resolución núm. 2217, publicada el 08 de Enero de 2016. POSTERGA LA IMPLEMENTACIÓN DEL REGISTRO ELECTRÓNICO INTEGRADO DEL SISTEMA DE CONTROL DE CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA LABORAL PORTUARIA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyResolución

POSTERGA LA IMPLEMENTACIÓN DEL REGISTRO ELECTRÓNICO INTEGRADO DEL SISTEMA DE CONTROL DE CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA LABORAL PORTUARIA

Núm. 2.217.- Santiago, 28 de diciembre de 2015.

Vistos:

1) El artículo 5º del DFL Nº 2, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo.

2) El nuevo inciso quinto del artículo 133 del Código del Trabajo, incorporado por el numeral 1, letra b) del artículo 1º de la ley Nº 20.773, de fecha 15 de septiembre de 2014.

3) Lo dispuesto en el artículo 133 bis del Código del Trabajo, incorporado por el numeral 2, del artículo 1º de la ley Nº 20.773, de fecha 15 de septiembre de 2014.

4) El decreto supremo Nº 90, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, de fecha 13 de septiembre de 1999, publicado en el Diario Oficial con fecha 24 de enero de 2000.

5) El decreto supremo Nº 594, del Ministerio de Salud, de fecha 15 de septiembre de 1999, publicado en el Diario Oficial con fecha 29 de abril de 2000.

6) El convenio de Coordinación y Colaboración entre la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante y la Dirección del Trabajo, de fecha 17 de noviembre de 2014.

7) La resolución exenta Nº 432, de 9 de abril de 2015, de la Dirección del Trabajo, que establece sistema de control de cumplimiento de la normativa laboral portuaria, define características y determina obligaciones.

8) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

1) Que, con fecha 9 de abril de 2015, se dictó resolución exenta Nº 432, que establece Sistema de Control de Cumplimiento de la Normativa Laboral Portuaria (SCCNLP), define características y determina obligaciones.

2) Que, la mencionada resolución dispuso un plazo, no superior al 31 de diciembre de 2015, para implementar el Sistema de Control de Cumplimiento de la Normativa Laboral Portuaria (SCCNLP), en un sistema de registro electrónico integrado entre la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (Directemar) y la Dirección del Trabajo (DT).

3) Que, por razones de buen servicio, se hace necesario prorrogar la implementación electrónica del sistema electrónico del Control de Cumplimiento de la Normativa Laboral Portuaria, atendida la...

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