Resolución núm. 1999 EXENTA, publicada el 23 de Mayo de 2017. DESIGNA SUJETOS PASIVOS DE LA LEY Nº 20.730 QUE REGULA EL LOBBY Y LA GESTIÓN QUE REPRESENTEN INTERESES PARTICULARES ANTE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS Y, DEJA SIN EFECTOS RESOLUCIONES QUE INDICA - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 679737453

Resolución núm. 1999 EXENTA, publicada el 23 de Mayo de 2017. DESIGNA SUJETOS PASIVOS DE LA LEY Nº 20.730 QUE REGULA EL LOBBY Y LA GESTIÓN QUE REPRESENTEN INTERESES PARTICULARES ANTE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS Y, DEJA SIN EFECTOS RESOLUCIONES QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

DESIGNA SUJETOS PASIVOS DE LA LEY Nº 20.730 QUE REGULA EL LOBBY Y LA GESTIÓN QUE REPRESENTEN INTERESES PARTICULARES ANTE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS Y, DEJA SIN EFECTOS RESOLUCIONES QUE INDICA

Núm. 1.999 exenta.- Valparaíso, 8 de mayo de 2017.

Visto:

Lo dispuesto en el DFL Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; el Título VI de la ley Nº 19.882; el DFL Nº 5, de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, hoy Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y sus modificaciones; la Ley Nº 20.730, que regula el Lobby y la Gestión de Intereses Particulares ante las autoridades y funcionario y su Reglamento contenido en el decreto supremo Nº 71, de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; las resoluciones exentas Nº 2.030, de 17 de abril de 2015 y Nº 4.481, de 13 de junio de 2016, ambas del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura y, la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, conforme a lo señalado en el artículo 3º de la ley Nº 20.730 -en adelante "la Ley"- tienen la calidad de sujetos pasivos y se encuentran sometidos al cumplimiento de esta ley, las autoridades que en dicha norma se indican y, aquellas personas que en razón de su función o cargo, tengan atribuciones de carácter decisorio relevantes o influyan decisivamente en quienes gocen de dichas atribuciones y reciban por ello regularmente una remuneración.

  2. Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso final del artículo 3º precitado, el Jefe Superior del Servicio respectivo debe proceder anualmente a individualizar a las personas que se encuentren en dicha calidad, mediante una resolución que deberá publicarse de forma permanente en los sitios electrónicos indicados en su artículo 9º.

  3. Que, conforme lo prescrito por el artículo 5º del Reglamento contenido en el decreto supremo Nº 71, citado en vistos, mediante acuerdo o resolución fundada de la autoridad competente se individualizarán en una nómina como sujetos pasivos de lobby o gestión de intereses particulares las autoridades y funcionarios que en razón de su función o cargo, tengan atribuciones decisorias relevantes o...

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