Resolución núm. 1936 EXENTA, publicada el 07 de Marzo de 2019. APRUEBA PROCEDIMIENTO QUE GARANTIZA COBERTURA DE SALUD, A PARTIR DEL TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL DE LOS TRABAJADORES CONTRATADOS POR OBRA O FAENA DETERMINADA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Rango de Ley | Resolución |
APRUEBA PROCEDIMIENTO QUE GARANTIZA COBERTURA DE SALUD, A PARTIR DEL TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL DE LOS TRABAJADORES CONTRATADOS POR OBRA O FAENA DETERMINADA
Núm. 4.1A/1.936 exenta.- Santiago, 12 de febrero de 2019.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 50° y siguientes, y artículo 135°, letra a) del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud; el artículo 2° de la Ley N° 21.122, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; decreto exento N° 24, de 14 de enero de 2016, del Ministerio de Salud, y la resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, y,
Considerando:
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- Que, el artículo 2° de la Ley N° 21.122 dispone que el Director del Fondo Nacional de Salud deberá emitir una resolución que establezca un procedimiento expedito, directo y completo que garantice el derecho a cobertura de salud, a partir del término de la relación laboral de los trabajadores contratados por obra o faena determinada, en la forma establecida en el inciso primero de este artículo y el literal a) del artículo 135, del decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio de Salud, de 2005, y en virtud de las facultades que me otorga la ley, dicto la siguiente:
Resolución:
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Apruébese el siguiente Procedimiento que Garantiza Cobertura de Salud, a partir del Término de la Relación Laboral de los Trabajadores por Obra o Faena, cuyo tenor es el siguiente:
"APRUEBA PROCEDIMIENTO QUE GARANTIZA COBERTURA DE SALUD, A PARTIR DEL TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL DE LOS TRABAJADORES CONTRATADOS POR OBRA O FAENA DETERMINADA."
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ANTECEDENTES
El Fondo Nacional de Salud plantea entre sus ejes principales el garantizar el cumplimiento de los derechos en salud de las personas, ampliando la protección social en salud a todos los habitantes del país.
Bajo esta mirada cobra importancia esencial la preocupación de identificar nuestros beneficiarios/as, según sus distintas condiciones previsionales.
Con fecha 28 de noviembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial la Ley N°21.122, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que modifica el Código del Trabajo respecto de la regulación de los contratos por obra o faena terminada.
Estas modificaciones comenzarán a regir para aquellos contratos suscritos a contar del 1° de enero de 2019, en adelante.
En primer término, se definió lo que debe entenderse por contrato por obra o faena, señalando que: "El contrato por obra o faena es aquella convención por la que el trabajador se obliga con el...
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