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Resolución núm. 189 EXENTA, publicada el 31 de Enero de 2017. REGULA LA EJECUCIÓN DE TAREAS ENCOMENDADAS A FUNCIONARIOS PÚBLICOS CON OCASIÓN DEL CENSO 2017

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

REGULA LA EJECUCIÓN DE TAREAS ENCOMENDADAS A FUNCIONARIOS PÚBLICOS CON OCASIÓN DEL CENSO 2017

Núm. 189 exenta.- Santiago, 1 de diciembre de 2016.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley Nº 17.374, que creó al Instituto Nacional de Estadísticas; en la ley Nº 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado, sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto supremo Nº 104, de 2015; en el decreto supremo Nº 185, de 2015; en el decreto supremo Nº 31, de 2016, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, la ley Nº 17.374, establece que el Instituto Nacional de Estadísticas es la institución encargada de levantar los censos oficiales.

  2. Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 18 de la ley Nº 17.374 los organismos fiscales, semifiscales, empresas del Estado, Municipalidades, las Fuerzas Armadas, deben facilitar toda clase de auxilios y ayudas proporcionando personal, medios de movilización y demás elementos de que dispongan, con el fin de dar un mejor desarrollo a los censos. Asimismo, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 19 del mismo cuerpo legal, el Instituto podrá requerir por intermedio de la autoridad correspondiente, la participación de los funcionarios públicos.

  3. Que, el artículo 45 de la ley Nº 17.374, señala que todos los funcionarios y personal de los órganos de la Administración del Estado, que deban participar en el levantamiento censal, estarán obligados a cumplir con las funciones que le sean encomendadas para tal efecto.

  4. Que, el decreto supremo Nº 104, de 2015, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, dispuso levantar un censo en todo el país durante el año 2017.

  5. Que, el decreto supremo Nº 31, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que aprueba el Reglamento del Censo 2017, regula su operación, estableciendo los órganos de coordinación encargados de llevar a cabo la actividad censal en las regiones y comunas de todo el país.

  6. Que, el decreto supremo Nº 185, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo establece que, la Comisión Nacional del Censo es la instancia encargada de coordinar las funciones que deben realizar los organismos públicos, cuando sea solicitada su intervención tanto en la etapa precensal como en el levantamiento censal propiamente tal, razón por la cual dicha Comisión tiene a su cargo un rol articulador en el marco de la participación de los funcionarios y empleados públicos, conjuntamente con el Instituto Nacional de Estadísticas.

  7. Que...

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