Resolución núm. 185 EXENTA, publicada el 21 de Abril de 2017. RESOLUCIÓN DE INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN DE LA NORMA TÉCNICA DE SISTEMAS MEDIANOS, CONTENIDA EN EL PLAN ANUAL PARA LA ELABORACIÓN Y DESARROLLO DE LA NORMATIVA TÉCNICA CORRESPONDIENTE AL AÑO 2017 - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 677586961

Resolución núm. 185 EXENTA, publicada el 21 de Abril de 2017. RESOLUCIÓN DE INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN DE LA NORMA TÉCNICA DE SISTEMAS MEDIANOS, CONTENIDA EN EL PLAN ANUAL PARA LA ELABORACIÓN Y DESARROLLO DE LA NORMATIVA TÉCNICA CORRESPONDIENTE AL AÑO 2017

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN DE INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN DE LA NORMA TÉCNICA DE SISTEMAS MEDIANOS, CONTENIDA EN EL PLAN ANUAL PARA LA ELABORACIÓN Y DESARROLLO DE LA NORMATIVA TÉCNICA CORRESPONDIENTE AL AÑO 2017

Núm. 185 exenta.- Santiago, 17 de abril de 2017.

Vistos:

  1. Las facultades establecidas en la letra h) del artículo del DL N° 2.224, de 1978, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía, en adelante e indistintamente la "Comisión" o "CNE", modificado por la ley N° 20.402, que crea el Ministerio de Energía;

  2. Lo señalado en el artículo 72°-19 del decreto con fuerza de ley N° 4, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1982, del Ministerio de Minería, en adelante, "Ley General de Servicios Eléctricos" o "la Ley", modificada por la ley N° 20.936;

  3. Lo establecido en la ley N° 20.936, de 2016, que Establece un nuevo Sistema de Transmisión Eléctrica y crea un Organismo Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional, en adelante "Ley N° 20.936";

  4. Lo dispuesto en el decreto supremo N° 229, de 12 de diciembre de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Aprueba Reglamento de valorización y expansión de los Sistemas Medianos establecidos en la Ley General de Servicios Eléctricos, en adelante e indistintamente "Decreto N° 229";

  5. Lo dispuesto en el decreto supremo N° 23, de 12 de marzo de 2015, del Ministerio de Energía, que Aprueba Reglamento de operación y administración de los Sistemas Medianos establecidos en la Ley General de Servicios Eléctricos, en adelante e indistintamente "Decreto N° 23";

  6. Lo dispuesto en la resolución exenta CNE N° 792, de fecha 23 de noviembre de 2016, que Fija normas de procedimiento para la dictación de normas técnicas para el funcionamiento del Sector Eléctrico en los términos del artículo 72°-19 de la Ley General de Servicios Eléctricos, en adelante e indistintamente "Resolución CNE N° 792";

  7. Lo señalado en la resolución exenta CNE N° 23, de fecha 13 de enero de 2017, que aprueba Plan de Trabajo Anual para la elaboración y desarrollo de la normativa técnica correspondiente al año 2017, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 72°-19 de la Ley General de Servicios Eléctricos, en adelante "Resolución CNE N° 23";

  8. Lo establecido en la resolución exenta N° 4, de fecha 10 de febrero de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Dicta Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio para Sistemas Medianos, en adelante e indistintamente "Resolución N° 4";

  9. Lo señalado en la resolución exenta CNE N° 157, de fecha 3 de abril de 2017, que Llama a licitación pública y aprueba Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, para la contratación del estudio denominado "Nueva Norma Técnica para Sistemas Medianos", en adelante "Resolución CNE N° 157"; y

  10. Lo dispuesto en resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  11. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso primero del nuevo artículo 72°-19 de la Ley General de Servicios Eléctricos, la Comisión debe fijar, mediante resolución exenta, las normas técnicas que rijan los aspectos técnicos, de seguridad, coordinación, calidad, información y económicos del funcionamiento del sector eléctrico;

  12. Que, para estos efectos, la norma legal citada precedentemente dispone que la Comisión, anualmente, deberá establecer un plan de trabajo que permita proponer, facilitar y coordinar el desarrollo de las normas técnicas a que se refiere el artículo 72°-19 de la ley;

  13. Que, al efecto, esta Comisión, mediante resolución CNE N° 23, aprobó el Plan de Trabajo Anual para la elaboración y desarrollo de normas técnicas del año 2017, incluyéndose entre los procedimientos normativos correspondientes al Plan de Trabajo Normativo 2016 cuya elaboración continuará durante el año 2017, dentro de los cuales se encuentra la elaboración de una Norma Técnica de Sistemas Medianos;

  14. Que, de conformidad al mismo Plan de Trabajo Anual 2017, artículo primero, numeral I., el inicio del procedimiento de elaboración de la Norma Técnica de Sistema Medianos, se formalizará mediante la dictación de una resolución de inicio;

  15. Que, por su parte, el artículo 3° de la resolución exenta CNE N° 792, citada en el literal f) de Vistos, señala los contenidos mínimos de las resoluciones de inicio para la elaboración o modificación de la normativa técnica dictada por esta Comisión. Entre los mismos, se incluye el objeto, fundamento y lineamientos generales del Procedimiento Normativo respectivo; las materias preliminares que deberán ser abordadas en el desarrollo del Procedimiento Normativo, indicando si se prevé la contratación de estudios; la indicación del plazo, no inferior a 5 días, y la forma en que los interesados manifestarán su interés en conformar el Comité Consultivo Especial al que se refiere el inciso tercero del artículo 72°-19 de la ley (en adelante "Comité Consultivo" o "Comité"), entre otros contenidos señalados por la referida resolución exenta;

  16. Que, por otra parte, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 173° de la Ley General de Servicios Eléctricos...

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