Resolución núm. 184 EXENTA, publicada el 14 de Febrero de 2017. CALIFICA DE EMERGENCIA LABORAL A LAS SITUACIONES DE CATÁSTROFE DERIVADAS DE LA MULTIPLICIDAD DE INCENDIOS QUE HAN AFECTADO A LAS PROVINCIAS DE COLCHAGUA Y CARDENAL CARO DE LA REGIÓN DE O'HIGGINS, Y A TODAS LAS COMUNAS DE LAS REGIONES DEL MAULE, DEL BIOBÍO Y DE LA ARAUCANÍA Y AUTORIZA IMPLEMENTACIÓN DE LÍNEA EMERGENCIA LABORAL DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN EN EL PUESTO DE TRABAJO - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 665041821

Resolución núm. 184 EXENTA, publicada el 14 de Febrero de 2017. CALIFICA DE EMERGENCIA LABORAL A LAS SITUACIONES DE CATÁSTROFE DERIVADAS DE LA MULTIPLICIDAD DE INCENDIOS QUE HAN AFECTADO A LAS PROVINCIAS DE COLCHAGUA Y CARDENAL CARO DE LA REGIÓN DE O'HIGGINS, Y A TODAS LAS COMUNAS DE LAS REGIONES DEL MAULE, DEL BIOBÍO Y DE LA ARAUCANÍA Y AUTORIZA IMPLEMENTACIÓN DE LÍNEA EMERGENCIA LABORAL DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN EN EL PUESTO DE TRABAJO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyResolución

CALIFICA DE EMERGENCIA LABORAL A LAS SITUACIONES DE CATÁSTROFE DERIVADAS DE LA MULTIPLICIDAD DE INCENDIOS QUE HAN AFECTADO A LAS PROVINCIAS DE COLCHAGUA Y CARDENAL CARO DE LA REGIÓN DE O'HIGGINS, Y A TODAS LAS COMUNAS DE LAS REGIONES DEL MAULE, DEL BIOBÍO Y DE LA ARAUCANÍA Y AUTORIZA IMPLEMENTACIÓN DE LÍNEA EMERGENCIA LABORAL DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN EN EL PUESTO DE TRABAJO

Núm. 184 exenta.- Santiago, 6 de febrero de 2017.

Visto:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1 de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que establece la Reestructuración y Funciones de la Subsecretaría del Trabajo; en la ley Nº 20.981 de Presupuestos del Sector Público para el año 2017; en el decreto Nº 28, de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y sus modificaciones que establece componentes, líneas de acción, procedimientos, modalidades y mecanismos de control del Programa de Formación en el Puesto de Trabajo y sus modificaciones; en los decretos supremos Nº 83, Nº 84, N° 87, Nº 88, Nº 96, N° 97, Nº 128, Nº 129, Nº 141 y Nº 142 todos de 2017 y del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; en los decretos supremos Nº 1.727 de 18 de noviembre de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra Ministra del Trabajo y Previsión Social, y Nº 14 de 2014, que designa Subsecretario del Trabajo, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social,

Considerando:

Que el Programa de Formación en el Puesto de Trabajo, en adelante "el Programa", tiene como objetivo generar acciones para facilitar la inserción laboral de las personas desempleadas, o la conservación de la fuente laboral de los trabajadores ya contratados, a través del desarrollo de iniciativas de capacitación y/o de entrega de beneficios a empleadores, de acuerdo con sus líneas de acción "Formación en el Puesto de Trabajo" y "Emergencia Laboral".

Que la Línea de Emergencia Laboral puede implementarse en las situaciones señaladas en el artículo tercero letra b) del decreto supremo Nº 28 de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Que en consideración a los estragos que están causando en varias zonas del país diversos incendios, se han dictado los decretos supremos Nº 83, Nº 84, Nº 87, Nº 88, Nº 96, N° 97, Nº 128, Nº 129, Nº 141 y Nº 142, todos de enero de 2017, y del Ministerio del Interior y Seguridad Pública...

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