Resolución núm. 178, publicada el 19 de Marzo de 2018. EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO N° 2.975, DE 2017, QUE MODIFICA ACUERDO DE CONSEJO N° 1.875, DE 1996, MODIFICADO POR ACUERDOS DE CONSEJO N° 1.892, DE 1997; N° 2.373, DE 2005; N° 2.396, DE 2006; N° 2.464, DE 2007; Y N° 2.907, DE 2016; DEJA SIN EFECTO LAS RESOLUCIONES (A) N° 248, DE 2008, N° 19, DE 2013, Y N° 93, DE 2016; Y APRUEBA NUEVO TEXTO DEL REGLAMENTO DEL 'FONDO DE SUBSIDIOS PARA BECAS A ALUMNOS DEL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA DE LOTA' - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 706209325

Resolución núm. 178, publicada el 19 de Marzo de 2018. EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO N° 2.975, DE 2017, QUE MODIFICA ACUERDO DE CONSEJO N° 1.875, DE 1996, MODIFICADO POR ACUERDOS DE CONSEJO N° 1.892, DE 1997; N° 2.373, DE 2005; N° 2.396, DE 2006; N° 2.464, DE 2007; Y N° 2.907, DE 2016; DEJA SIN EFECTO LAS RESOLUCIONES (A) N° 248, DE 2008, N° 19, DE 2013, Y N° 93, DE 2016; Y APRUEBA NUEVO TEXTO DEL REGLAMENTO DEL 'FONDO DE SUBSIDIOS PARA BECAS A ALUMNOS DEL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA DE LOTA'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO N° 2.975, DE 2017, QUE MODIFICA ACUERDO DE CONSEJO N° 1.875, DE 1996, MODIFICADO POR ACUERDOS DE CONSEJO N° 1.892, DE 1997; N° 2.373, DE 2005; N° 2.396, DE 2006; N° 2.464, DE 2007; Y N° 2.907, DE 2016; DEJA SIN EFECTO LAS RESOLUCIONES (A) N° 248, DE 2008, N° 19, DE 2013, Y N° 93, DE 2016; Y APRUEBA NUEVO TEXTO DEL REGLAMENTO DEL "FONDO DE SUBSIDIOS PARA BECAS A ALUMNOS DEL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA DE LOTA"

Núm. 178.- Santiago, 26 de diciembre de 2017.

Visto:

  1. Que, por Acuerdo de Consejo Nº 1.875, de 1996, la Corporación de Fomento de la Producción, en el marco del desarrollo de los Planes de Promoción de Inversiones en las Zonas Productivas de Reconversión, hoy Zonas de Rezago Productivo, asumió la implementación y coordinación de un Plan Integral para el Desarrollo de la comuna de Lota; el cual consideró la creación de un Fondo de Subsidios de Becas que financiaría, total o parcialmente, el costo de formación técnica de los alumnos del Centro de Formación Técnica de Lota.

  2. Que, el Acuerdo de Consejo individualizado en el Visto anterior, fue modificado mediante los Acuerdos de Consejo Nº 1.892, de 1997; Nº 2.373, de 2005; Nº 2.396, de 2006; Nº 2.464, de 2007; y Nº 2.907, de 2016.

  3. Que, mediante resolución (A) Nº 248, de 2008, de Corfo, se aprobó el texto refundido del Reglamento del "Fondo de Subsidios para Becas a Alumnos del Centro de Formación Técnica de Lota", el cual fue modificado por resolución (A) Nº 19, de 2013, y mediante resolución (A) Nº 93, de 2016, ambas de Corfo.

  4. El Acuerdo de Consejo Nº 2.975, de 2017, que modifica el Acuerdo de Consejo Nº 1.875, de 1996, modificado por Acuerdos de Consejo Nº 1.892, de 1997; Nº 2.373, de 2005; Nº 2.396, de 2006; Nº 2.464, de 2007; y Nº 2.907, de 2016; relacionados con el "Fondo de Subsidios para Becas en Centro de Formación Técnica en Lota".

  5. El artículo 3º, de la ley Nº 19.880, que dispone que las decisiones de los órganos administrativos pluripersonales deben ejecutarse o llevarse a efecto mediante la dictación de una resolución de la autoridad ejecutiva competente.

  6. Las facultades que me confiere la ley Nº 6.640 y el Reglamento General de la Corporación, aprobado mediante decreto Nº 360, de 1945, del Ministerio de Economía; y lo dispuesto en la resolución Nº 1.600, de 2008, de Contraloría General de la República.

    Resuelvo:

    1. Ejecútase el Acuerdo de Consejo Nº 2.975, de 2017.

    2. Déjanse sin efecto las resoluciones (A) Nº 248, de 2008, Nº 19, de 2013, y Nº 93, de 2016, todas de Corfo, que aprobaron el texto refundido del Reglamento del "Fondo de Subsidios para Becas a Alumnos del Centro de Formación Técnica de Lota".

    3. Apruébase el nuevo texto del Reglamento del "Fondo de Subsidios para Becas en Centro de Formación Técnica en Lota", que corresponde al siguiente:

    REGLAMENTO DEL "FONDO DE SUBSIDIOS PARA BECAS A ALUMNOS DEL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA DE LOTA"

  7. ANTECEDENTES GENERALES

    1.1. OBJETO

    En el marco del Plan Integral de Desarrollo de Lota, se creó el Fondo de Subsidios para Becas de alumnos que asistan al Centro de Formación Técnica de Lota, CFT - Lota, con el objeto de financiar, total o parcialmente, el costo de formación técnica de personas con enseñanza media completa y que poseen un nivel socioeconómico que amerite la necesidad de solventar sus estudios en el nivel de enseñanza superior.

    El beneficiario de estas subvenciones será la entidad administradora de dicho Centro.

    El Fondo contempla los siguientes Programas:

    . Programa de Subsidio para Becas de Excelencia Académica, que cubre el 100% del arancel de la carrera respectiva.

    . Programa de Subsidio para Becas a ex Trabajadores del Carbón, que cubre el 100% del arancel de la carrera respectiva.

    . Programa de Subsidio para Becas por Situación Socioeconómica, que cubre el 85% del arancel de la carrera respectiva.

    1.2. CONDICIONES GENERALES

    El costo de formación cubierto por el Programa, será el correspondiente al arancel fijado por el Centro de Formación Técnica, el que comprende los siguientes conceptos: matrícula, mensualidad, derecho a práctica y derecho a titulación de la carrera que haya de cursar el beneficiado.

    El monto máximo a subvencionar a través de este Fondo, por alumno, será de 45 unidades de fomento anuales, con tope de 22,5 unidades de fomento por semestre académico.

    El financiamiento de la subvención provendrá del Presupuesto de Corfo.

    Los interesados que cumplan los requisitos exigidos para acceder a cada Programa, podrán postular a uno o más de ellos. No obstante, en ningún caso, una misma persona podrá ser beneficiada, en forma simultánea, por más de uno de los mencionados Programas. En caso de ser seleccionado como beneficiado en más de un Programa, el interesado deberá optar por sólo uno de ellos.

    Sin perjuicio de lo anterior, la misma persona podrá ser beneficiada por más de uno de los Programas de Subsidio para Becas, en distintos períodos académicos cada vez.

    Para la asignación de estas subvenciones, se priorizará que los beneficiados tengan residencia en las comunas de Lota, Coronel o en la provincia de Arauco, y se entenderá que el nivel socioeconómico que amerite su otorgamiento es que pertenezca a los grupos de nivel socioeconómico C2, C3, D y E, según se definen en Anexo que forma parte del presente Reglamento.

    El Centro de Formación Técnica deberá enviar a Corfo los datos de identificación de los beneficiarios de este instrumento, con el objeto de que la Corporación verifique, previo al desembolso de los subsidios señalados, la existencia de otras ayudas, subsidios y/o subvenciones para el...

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