Resolución núm. 1722 EXENTA, publicada el 29 de Marzo de 2017. ACTUALIZA EL SISTEMA NACIONAL DE INSCRIPCIÓN, MANTENCIÓN Y HABILITACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS EXPORTADORES DE PRODUCTOS PECUARIOS PARA CONSUMO HUMANO Y DEROGA RESOLUCIÓN N 7.078, DE 2011
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE AGRICULTURA |
Rango de Ley | Resolución |
ACTUALIZA EL SISTEMA NACIONAL DE INSCRIPCIÓN, MANTENCIÓN Y HABILITACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS EXPORTADORES DE PRODUCTOS PECUARIOS PARA CONSUMO HUMANO Y DEROGA RESOLUCIÓN N 7.078, DE 2011
Núm. 1.722 exenta.- Santiago, 22 de marzo de 2017.
Vistos:
La ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el DFL RRA N° 16, de 1963, del Ministerio de Hacienda, sobre sanidad y protección animal; la ley Nº 19.162, que establece sistema obligatorio de clasificación de ganado, tipificación y nomenclatura de sus carnes y regula el funcionamiento de mataderos, frigoríficos y establecimientos de la industria de la carne; la ley N° 19.880, sobre bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; el decreto N° 682, de 1942, que reglamenta las exportaciones de productos animales; el decreto Nº 240, de 1993, reglamento general de transporte de ganado bovino y de carne; el decreto Nº 94, de 2008, que aprueba el reglamento sobre estructura y funcionamiento de mataderos, establecimientos frigoríficos, cámaras frigoríficas y plantas de desposte y fija equipamiento mínimo de tales establecimientos; el decreto N° 117, de 2014, todos del Ministerio de Agricultura; la resolución Nº 2.592, de 2003, que establece requisitos para la inspección y certificación sanitaria de exportación de productos y subproductos comestibles de origen animal; la resolución Nº 7.078, de 2011, que actualiza el sistema nacional de inscripción de establecimientos exportadores de origen pecuario para consumo humano, establece condiciones para ser inscrito como tal, delega funciones y deroga resolución N° 2.561, de 2003; la resolución Nº 1.045, de 2013, que establece exigencias específicas de los programas de prerrequisitos y HACCP para la implementación del sistema de aseguramiento de la calidad, todas del Servicio Agrícola y Ganadero, y la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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Que el Servicio Agrícola y Ganadero es el organismo oficial competente para certificar la aptitud para consumo humano de los productos agropecuarios destinados a la exportación.
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Que el Servicio debe otorgar la certificación correspondiente cuando la inspección oficial determina que los productos de origen pecuario para consumo humano son inocuos y cumplen con los requisitos que exige el mercado/país de destino.
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Que el Servicio es el organismo responsable de establecer los requisitos para la inscripción y mantención de establecimientos exportadores de productos pecuarios en el listado que se establece para tales efectos.
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Que, asimismo, el Servicio es el responsable de verificar el cumplimiento de las condiciones de los establecimientos antes aludidos para obtener la habilitación a los distintos mercados/país de destino,
Resuelvo:
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Actualízase el sistema nacional de inscripción, mantención y habilitación de establecimientos exportadores de productos pecuarios para consumo humano.
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Para los efectos de la presente resolución se entenderá por:
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Establecimiento Exportador de Productos Pecuarios o Establecimiento: Instalaciones nacionales donde se faenan, despostan, elaboran, producen, preparan, procesan, conservan, almacenan o congelan productos pecuarios para consumo humano, destinados a la exportación, que cumplen la regulación nacional.
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Habilitación Delegada: Autorización otorgada por el Servicio, cuando ha sido delegada la habilitación por la autoridad competente de un mercado/país, para que un establecimiento exportador de productos pecuarios pueda faenar, despostar, elaborar, producir, preparar, procesar, conservar, almacenar o congelar productos para ese mercado/país de destino. El Servicio en virtud de esta delegación deberá verificar en el establecimiento interesado el cumplimiento de la regulación del mercado/país.
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Habilitación Directa: Autorización otorgada por la autoridad competente de un mercado/país para que un establecimiento exportador de productos pecuarios pueda faenar, despostar, elaborar, producir, preparar, procesar, conservar, almacenar o congelar productos para ese mercado/país de destino. La autoridad competente del mercado/país verificará en el establecimiento interesado el cumplimiento de su regulación.
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Informe de Solución de No Cumplimiento (ISNC): Documento por medio del cual el establecimiento registra las acciones correctivas y preventivas ante hallazgos de incumplimientos de la regulación nacional y/o de un mercado/país habilitado.
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Listado de Establecimientos Exportadores de Productos Pecuarios (LEEPP): Nómina nacional en la cual se encuentran incorporados todos los establecimientos autorizados por el Servicio para exportar productos pecuarios para consumo humano.
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Lote: Conjunto de productos generados en condiciones esencialmente iguales y en un período de tiempo determinado, los cuales se encuentran identificados bajo una codificación única.
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MVO: Médico veterinario oficial.
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Regulación Nacional: Normas dictadas por el Ministerio de Salud, Ministerio de Agricultura o el Servicio, según corresponda, aplicable al proceso de certificación de productos pecuarios para consumo humano.
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Pautas Técnicas: Documentos guías de aplicación general para todo el país, las cuales son definidas y utilizadas por el Servicio para evaluar el cumplimiento de la regulación nacional y/o de un mercado/país. Son de conocimiento público y se encuentran disponibles en el sitio web del Servicio.
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Procedimiento de Investigación: Instrumento mediante el cual se evalúan posibles transgresiones a la regulación nacional y/o de un mercado/país habilitado, por parte de un establecimiento incorporado en el LEEPP.
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Representante Legal: Persona a quien la ley faculta para actuar en representación de un establecimiento.
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Visita de Habilitación: Procedimiento mediante el cual...
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