Resolución núm. 1700 EXENTA, publicada el 17 de Enero de 2020. OFICIALIZA INTEGRACIÓN AL COMITÉ DE CLASIFICACIÓN DE ESPECIES DE EXPERTO NOMINADO POR LA ASOCIACIÓN GREMIAL QUE INDICA - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 838830114

Resolución núm. 1700 EXENTA, publicada el 17 de Enero de 2020. OFICIALIZA INTEGRACIÓN AL COMITÉ DE CLASIFICACIÓN DE ESPECIES DE EXPERTO NOMINADO POR LA ASOCIACIÓN GREMIAL QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

OFICIALIZA INTEGRACIÓN AL COMITÉ DE CLASIFICACIÓN DE ESPECIES DE EXPERTO NOMINADO POR LA ASOCIACIÓN GREMIAL QUE INDICA

Núm. 1.700 exenta.- Santiago, 24 de diciembre de 2019.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 37 y 70 letras i) y x) de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en el decreto supremo N° 29, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres según Estado de Conservación; en el memorándum N° 539, de 2019, del Jefe de la División de Recursos Naturales y Biodiversidad; en el decreto exento RA N° 118894/320/2019, de la Subsecretaría del Medio Ambiente, que establece el orden de subrogación; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y,

Considerando:

  1. Que, el Ministerio del Medio Ambiente es la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planes y programas en materia ambiental, así como en la protección y conservación de la diversidad biológica y de los recursos naturales renovables e hídricos, promoviendo el desarrollo sustentable, la integridad de la política ambiental y su regulación normativa.

  2. Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 70 letra i) de la ley N° 19.300, al Ministerio del Medio Ambiente le corresponde proponer políticas y formular planes, programas y acciones que establezcan los criterios básicos y las medidas preventivas para favorecer la recuperación y conservación de los recursos hídricos, genéticos, la flora, la fauna, los hábitats, los paisajes, ecosistemas y espacios naturales, en especial los frágiles y degradados, contribuyendo al cumplimiento de los convenios internacionales de conservación de la biodiversidad.

  3. Que, en el marco del procedimiento para la clasificación de especies, el Comité de Clasificación asesora al Ministerio del Medio Ambiente sobre la clasificación de especies silvestres según su estado de conservación, el que está integrado por diversos profesionales expertos nominados por instituciones públicas, universidades autónomas, Academia Chilena de Ciencias y asociaciones gremiales representativas del sector agrícola, forestal y pesquero.

  4. Que, con fecha 26 de julio de 2019, y en cumplimiento...

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