Resolución núm. 1690 EXENTA, publicada el 01 de Abril de 2016. INICIA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO RESPECTO DEL CONTRATISTA RODRIGO ALEJANDRO ALARCÓN FUENTES, POR INFRACCIÓN AL REGLAMENTO DEL REGISTRO NACIONAL DE CONTRATISTAS - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 631853189

Resolución núm. 1690 EXENTA, publicada el 01 de Abril de 2016. INICIA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO RESPECTO DEL CONTRATISTA RODRIGO ALEJANDRO ALARCÓN FUENTES, POR INFRACCIÓN AL REGLAMENTO DEL REGISTRO NACIONAL DE CONTRATISTAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

INICIA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO RESPECTO DEL CONTRATISTA RODRIGO ALEJANDRO ALARCÓN FUENTES, POR INFRACCIÓN AL REGLAMENTO DEL REGISTRO NACIONAL DE CONTRATISTAS

Núm. 1.690 exenta.- Concepción, 30 de diciembre de 2015.

Vistos:

1) La resolución exenta Nº 954, de 22.07.2011, que inscribe a Rodrigo Alejandro Alarcón Fuentes en el Registro Nacional de Contratistas del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en segunda categoría del registro B1, "Obras Viales".

2) La resolución exenta Nº 1.673 del Serviu Región del Biobío, de 12.05.2015, que declaró resuelto administrativamente, con cargo, el contrato por la obra "Programa Pavimentación Participativa 23º Proceso de Selección, L.P. Nº 9 Tucapel, Sector Tucapel y Polcura".

3) El oficio Ord. Nº 5.051 del Serviu Región del Biobío, de 26.05.2015, que informa a esta Seremi que se declaró resuelto administrativamente, con cargo, el contrato referido en el Visto anterior.

4) El Memorándum Nº 273 del Jefe (S) del Departamento de Planes y Programas, de 24.09.2015, por el cual se solicita análisis e iniciar procedimiento sancionatorio, si corresponde, respecto del contratista Rodrigo Alejandro Alarcón Fuentes, por infracción a lo dispuesto en el artículo 45 letra a) del DS Nº 127 (V. y U.), de 1977.

5) El DS Nº 127 (V. y U.), de 1977, Reglamento del Registro Nacional de Contratistas del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; la resolución Nº 1.600 de la Contraloría General de la República, de 2008, que fija normas sobre exención de trámite de toma de razón; el DS Nº 397 (V. y U.), de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo; el D.S. Nº 38 (V. y U.) de 2014, que nombra Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Biobío, y

Considerando:

1) Que, el Serviu Región del Biobío, mediante la resolución exenta del Visto Nº 2, declaró resuelto administrativamente, con cargo, el contrato suscrito con el contratista Rodrigo Alejandro Alarcón Fuentes, por la obra "Programa Pavimentación Participativa 23º Proceso de Selección, L.P. Nº 9 Tucapel, Sector Tucapel y Polcura", antecedentes que fueron remitidos a la Unidad Jurídica por el Memorándum del Visto Nº 4, para su análisis e inicio de un procedimiento sancionatorio, si corresponde.

2) Que, en relación a lo anterior, resulta...

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