Resolución núm. 164 EXENTA, publicada el 19 de Junio de 2015. INCORPORA VÍAS PARA LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE LOCOMOCIÓN COLECTIVA EN LA CIUDAD DE CHILLÁN - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 574957918

Resolución núm. 164 EXENTA, publicada el 19 de Junio de 2015. INCORPORA VÍAS PARA LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE LOCOMOCIÓN COLECTIVA EN LA CIUDAD DE CHILLÁN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

INCORPORA VÍAS PARA LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE LOCOMOCIÓN COLECTIVA EN LA CIUDAD DE CHILLÁN

Núm. 164 exenta.- Concepción, 18 de mayo de 2015.

Visto:

El artículo 3º de la ley Nº 18.696; la resolución Nº 36/91, complementada por la resolución Nº10/92, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; Ord. Nº 835 de fecha 27.03.2015; Ord. Nº 1.237 de fecha 13.05.2015; Ord. Nº1.205 de fecha 07.05.2015, todos de esta Secretaría Regional Ministerial; Ord. Nº 2000/103/2015 de fecha 17.03.2015; Ord. Nº 2000/104/2015 de fecha 17.03.2015, ambos de la I. Municipalidad de Chillán; oficio Nº 16-F de fecha 27.03.2015; oficio Nº 15-F de fecha 27.03.2015; oficio Nº 22-F de fecha 10.04.2015, todos de la Prefectura de Carabineros de Ñuble Nº 17; solicitud de modificación de trazado troncal para líneas de buses 4 y 6 de fecha 02.03.2015 presentada por Sociedad de Transportes SOTRAPA S.A. y solicitud de modificación de trazado troncal de fecha 19.03.2015 presentada por Sociedad Los Volcanes Parque Lantaño S.A.

Considerando:

  1. Que existen servicios de transportes públicos interesados en hacer uso de las vías individualizadas en la parte resolutiva de este instrumento.

  2. Que el artículo 11º del DS 212 de 1992 de este Ministerio establece que "Los trazados de los servicios de locomoción colectiva deberán...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR