Resolución núm. 161, publicada el 27 de Julio de 2016. FORMALIZA DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES DE LAS ACTIVIDADES CULTURALES DE LAS COMUNAS DE LAS REGIONES DE BIOBÍO Y DE MAGALLANES Y LA ANTÁRTICA CHILENA EN LOS RESPECTIVOS CONSEJOS REGIONALES DE LA CULTURA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
Rango de Ley | Resolución |
FORMALIZA DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES DE LAS ACTIVIDADES CULTURALES DE LAS COMUNAS DE LAS REGIONES DE BIOBÍO Y DE MAGALLANES Y LA ANTÁRTICA CHILENA EN LOS RESPECTIVOS CONSEJOS REGIONALES DE LA CULTURA
Núm. 161.- Valparaíso, 12 de julio de 2016.
Visto:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N°1/19.653, de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de la Administración del Estado; en la Ley N° 20.882, que aprueba el Presupuesto Público para el año 2016; en la Ley N° 19.891, que crea el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes; en el decreto supremo N° 336, de 2003, del Ministerio de Educación que aprueba el Reglamento para el nombramiento de los integrantes del Directorio, del Comité Consultivo Nacional, de los Consejos Regionales y de los Comités Consultivos Regionales del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y lo requerido en las minutas Nos 1664, 1653 y 1696, de 2016, del Gabinete del Ministro Presidente.
Considerando:
Que la ley N° 19.891 que creó el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, que tiene por misión promover un desarrollo cultural armónico, pluralista y equitativo entre los habitantes del país, a través del fomento y difusión de la creación artística nacional, así como de la preservación, promoción y difusión del patrimonio cultural chileno, adoptando iniciativas públicas que promueven una participación activa de la ciudadanía en el logro de tales fines.
Que el artículo 4° de dicha ley, señala que son órganos del Consejo, su Directorio, el Presidente, el Subdirector Nacional, el Comité Consultivo Nacional, los Comités Consultivos Regionales y los Consejos Regionales.
Que, asimismo, el artículo 17 del mismo cuerpo legal y el artículo 22 del decreto supremo N° 336, de fecha 2003, del Ministerio de Educación, que aprueba el Reglamento para el nombramiento de los integrantes del Directorio Nacional, del Comité Consultivo Nacional, de los Comités Consultivos Regionales y de los Consejos Regionales, prescribe que los Consejos Regionales de la Cultura y las Artes estarán integrados, entre otros...
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