Resolución núm. 160 EXENTA, publicada el 14 de Mayo de 2016. PONE EN EJECUCIÓN ACUERDO DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DEL BIOBÍO QUE CREA INSTRUMENTO 'JUNTOS, FONDOS PARA NEGOCIOS ASOCIATIVOS' Y APRUEBA SU REGLAMENTO - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 638360913

Resolución núm. 160 EXENTA, publicada el 14 de Mayo de 2016. PONE EN EJECUCIÓN ACUERDO DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DEL BIOBÍO QUE CREA INSTRUMENTO 'JUNTOS, FONDOS PARA NEGOCIOS ASOCIATIVOS' Y APRUEBA SU REGLAMENTO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

PONE EN EJECUCIÓN ACUERDO DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DEL BIOBÍO QUE CREA INSTRUMENTO "JUNTOS, FONDOS PARA NEGOCIOS ASOCIATIVOS" Y APRUEBA SU REGLAMENTO

Núm. 160 exenta.- Concepción, 19 de abril de 2016.

Vistos:

  1. Que mediante Acuerdo de Consejo N°2.868, de 23 de marzo de 2015, se modificó el Acuerdo de Consejo N°2.550, de 2009, referido al "Fondo de Innovación Tecnológica de la Región del Bío-Bío" o "Comité Innova Bío-Bío" y se crearon los Comités denominados "Comités de Desarrollo Productivo Regional", en cada una de las regiones del país, con un ámbito de acción definido por el respectivo territorio regional de la división político administrativa del país.

  2. La resolución afecta N°50 de la Corporación de Fomento de la Producción, en adelante "Corfo", de fecha 7 de mayo de 2015, aprueba el reglamento del "Comité de Desarrollo Productivo Regional del Biobío", y establece en su artículo primero que para todos los efectos, será el continuador del "Comité Fondo de Innovación Tecnológica de la Región del Bío Bío" o "Comité Innova Bío Bío".

  3. Resolución afecta N° 140, de fecha 11 de diciembre de 2015, que ejecuta parcialmente Acuerdos de Consejo N° 2.883 y Nº 2.894, ambos de 2015, que modifican Acuerdo del Consejo N° 2.868 de 2015, mediante el cual se modificó el Acuerdo de Consejo N° 2.550 de 2009, referido al "Fondo de Innovación Tecnológica de la Región del Bío Bío" o "Comité Innova Bío Bío" y se crearon los Comités de Desarrollo Productivo Regional; y modifica texto del reglamento del "Comité de Desarrollo Productivo Regional del Biobío", aprobado por resolución afecta N° 50, de 2015.

  4. Resolución exenta N° 317, de fecha 15 de diciembre de 2015, de la Corporación de Fomento de la Producción, que designa como su Director Ejecutivo a don Juan Alejandro Mardones Alarcón.

  5. El acuerdo N°42 del Comité de Desarrollo Productivo Regional del Biobío, de la sesión ordinaria N° 8 de 7 de abril de 2016, que aprobó por unanimidad la creación del instrumento "Juntos, Fondos para Negocios Asociativos".

  6. Que las asignaciones para estos proyectos son inferiores a 5.000 Unidades Tributarias Mensuales.

  7. Lo dispuesto en el artículo 3° de la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en orden a que las decisiones de los órganos administrativos pluripersonales se llevarán a efecto por medio de resoluciones de la autoridad ejecutiva correspondiente.

  8. Las facultades que le otorga la resolución (A) N° 50, de 2015, del Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, ya citada, al Director Ejecutivo del Comité de Desarrollo Productivo Regional del Biobío.

  9. Lo dispuesto en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención de toma de razón.

    Resuelvo:

    1. Ejecútase el acuerdo N°42 del Comité de Desarrollo Productivo Regional del Biobío, de la sesión ordinaria N° 8 de 7 de abril de 2016, que aprobó por unanimidad la creación del instrumento "Juntos, Fondos para Negocios Asociativos".

    2. Apruébase el siguiente Reglamento para el Instrumento:

    REGLAMENTO

    "JUNTOS, FONDOS PARA NEGOCIOS ASOCIATIVOS"

    1. OBJETO DEL INSTRUMENTO.

      Su objetivo es desarrollar un nuevo negocio asociativo o mejorar uno existente, para grupos de al menos 3 empresas, con estrategias de negocio en común, que permitan instalar y fortalecer capacidades técnicas, productivas, financieras, asociativas y de gestión, potenciando su rentabilidad, competitividad y sostenibilidad en el tiempo.

      Estos proyectos deberán orientarse a la integración comercial, capturando oportunidades de negocio vinculadas al ingreso del grupo a áreas de comercialización de alta demanda; al desarrollo de nuevos productos o servicios, a través del desarrollo colectivo que permitan mejorar la competitividad de los participantes del grupo; a la integración productiva, relacionándose en la cadena de valor de un producto o servicio; o a otros que pudieran identificar los grupos de empresas postulantes.

    2. BENEFICIARIOS/AS.

      Para acceder a este instrumento, los interesados/as deberán postular en un grupo de mínimo de 3, y cumplir los siguientes requisitos:

    3. Ser personas naturales o jurídicas, con iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) en una actividad gravada en primera categoría del impuesto a la renta, con ventas netas demostrables mayores o iguales a 200 UF e inferiores a 25.000 UF, en los últimos 12 (doce) meses.

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