Resolución núm. 1543 EXENTA, publicada el 13 de Julio de 2018. ESTABLECE ÁREA REGLAMENTADA POR POLILLA DEL RACIMO DE LA VID (LOBESIA BOTRANA) CORRESPONDIENTE A LA TERCERA GENERACIÓN DE LA TEMPORADA 2017-2018 EN LA REGIÓN METROPOLITANA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE AGRICULTURA |
Rango de Ley | Resolución |
ESTABLECE ÁREA REGLAMENTADA POR POLILLA DEL RACIMO DE LA VID (LOBESIA BOTRANA) CORRESPONDIENTE A LA TERCERA GENERACIÓN DE LA TEMPORADA 2017-2018 EN LA REGIÓN METROPOLITANA
Núm. 1.543 exenta.- Santiago, 10 de julio de 2018.
Vistos:
Lo dispuesto en la ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley Nº 3.557, de 1980, sobre protección agrícola; resolución Nº 3.080, de 2003, que establece plagas cuarentenarias para Chile, y sus modificaciones; resolución 5.916, de 21 de octubre de 2016, que declara el control obligatorio de la plaga polilla del racimo de la vid (Lobesia botrana), y su modificación; resolución exenta Nº 3.213, del 25 de mayo de 2017; resolución Nº 6.750, que aprueba la segunda versión de la Estrategia Programa Nacional Lobesia botrana temporada 2017-2018; resolución regional Nº 374, del 13 de febrero de 2017, que declara el control obligatorio de la plaga polilla del racimo de la vid (Lobesia botrana) en la Región Metropolitana; resolución regional Nº 161, del 2 de febrero de 2018, que establece área reglamentada por polilla del racimo de la vid (Lobesia botrana) correspondiente a la primera generación de la temporada 2017-2018; resolución regional Nº 786, del 19 de abril de 2018, que establece área reglamentada por polilla del racimo de la vid (Lobesia botrana) correspondiente a la segunda generación de la temporada 2017-2018; resolución regional Nº 1.185, del 30 de mayo de 2018, que establece área reglamentada por polilla del racimo de la vid (Lobesia botrana) correspondiente a la tercera generación de la temporada 2017-2018; resolución exenta RA Nº 240/46/2018, de 8 de enero, que establece orden de Subrogación en la Región Metropolitana del Servicio Agrícola y Ganadero.
Considerando:
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Que el Servicio Agrícola y Ganadero es la autoridad oficial encargada de velar por la protección del patrimonio fitosanitario del país.
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Que mediante resolución exenta Nº 5.916, de 2016, y su modificación mediante resolución exenta Nº 3.213, de 2017, ambas del Servicio Agrícola y Ganadero, se declara el control obligatorio de la polilla del racimo de la vid, Lobesia botrana, el cual se aplicará a todas las variedades de la especie vid vitis vinifera u otras especies vegetales que sean afectadas por la plaga.
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Que según resolución detallada en el considerando anterior, se estableció como área reglamentada la zona definida por un radio de 3 kilómetros y dentro de esta área un área de control de 500 metros, determinadas...
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