Resolucion núm. 1533 EXENTA, el 10 de Diciembre de 2019. DEJA SIN EFECTO R. EX. N° 589, DE 14.05.2015 (D.O. 29.05.2015), Y ESTABLECE ARANCELES DE MEDICAMENTOS PARA PACIENTES NO BENEFICIARIOS DE LA LEY N° 18.469 (PARTICULARES) - MINISTERIO DE SALUD; SUBSECRETARÍA DE REDES ASISTENCIALES; SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO NORTE XIII REGIÓN METROPOLITANA; INSTITUTO PSIQUIÁTRICO “DR. JOSÉ HORWITZ B.” - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 829325089

Resolucion núm. 1533 EXENTA, el 10 de Diciembre de 2019. DEJA SIN EFECTO R. EX. N° 589, DE 14.05.2015 (D.O. 29.05.2015), Y ESTABLECE ARANCELES DE MEDICAMENTOS PARA PACIENTES NO BENEFICIARIOS DE LA LEY N° 18.469 (PARTICULARES)

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD; SUBSECRETARÍA DE REDES ASISTENCIALES; SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO NORTE XIII REGIÓN METROPOLITANA; INSTITUTO PSIQUIÁTRICO “DR. JOSÉ HORWITZ B.”
Rango de LeyResolución

DEJA SIN EFECTO R. EX. N° 589, DE 14.05.2015 (D.O. 29.05.2015), Y ESTABLECE ARANCELES DE MEDICAMENTOS PARA PACIENTES NO BENEFICIARIOS DE LA LEY N° 18.469 (PARTICULARES)

Núm. 1.533 exenta.- Santiago, 2 de diciembre de 2019.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 146, 159 y 161 del DFL N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud; los artículos 1° y 15 de la Res. Ex. N° 176, de 1999, modificada, entre otras, por la Res. Ex. N° 49 de 09.02.2019, ambas de los Ministerios de Salud y de Hacienda; la facultad del Director del Establecimiento de Autogestión en Red de establecer en forma autónoma un arancel para la atención de personas no beneficiarias de la ley N° 18.469, la cual en ningún caso podrá ser inferior al arancel de prestaciones de salud del Libro II del DFL N° 1/2005 del Ministerio de Salud, establecida en los artículos 36 letra p) del DFL N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 2.763/1979 y de las leyes N°s. 18.933 y 18.469 y artículo 24 letra p) del decreto N° 38 de 2005 del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y de los Establecimientos de Autogestión en Red; el artículo 24 de la ley 18.681 que establece normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y personal; Dictámenes N° 25.157 de 2014, 65.056 de 2013 y 24.371 de 2009 de la Contraloría General de la República; la resolución exenta N° 1.172 de 2007 del Ministerio de Salud y Ministerio de Hacienda que otorga la calidad de Establecimiento de Autogestión en Red al Instituto Psiquiátrico "Dr. José Horwitz Barak"; la resolución exenta N° 165 de 27.01.2015 del Servicio de Salud Metropolitano Norte, que establece el orden de subrogación del cargo de Director del Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak; la resolución exenta N° 78 de 14.01.2019 del Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak, que designa a doña Verónica Salís Pérez subrogante del Subdirector/a Médico/a del Instituto Psiquiátrico; y la resolución N° 07/2019 de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón;

Considerando:

  1. - Que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 146 Inc. 1 del DFL N° 1 de 2005 Minsal, las personas que no sean beneficiarias del Régimen podrán requerir y obtener de los organismos a que se refiere el Libro I de esta ley, el otorgamiento de prestaciones de acuerdo con el reglamento, pagando su...

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