Resolución núm. 1531 EXENTA, publicada el 30 de Diciembre de 2017. FIJA PROGRAMA Y SUBPROGRAMAS DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL DE PLANES DE PREVENCIÓN Y/O DESCONTAMINACIÓN PARA EL AÑO 2018 - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 700000941

Resolución núm. 1531 EXENTA, publicada el 30 de Diciembre de 2017. FIJA PROGRAMA Y SUBPROGRAMAS DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL DE PLANES DE PREVENCIÓN Y/O DESCONTAMINACIÓN PARA EL AÑO 2018

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

FIJA PROGRAMA Y SUBPROGRAMAS DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL DE PLANES DE PREVENCIÓN Y/O DESCONTAMINACIÓN PARA EL AÑO 2018

Núm. 1.531 exenta.- Santiago, 26 de diciembre de 2017.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley Nº 20.417, que fija el texto de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente; en la Ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la resolución exenta Nº 1.171, de 2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que dicta instrucciones generales sobre elaboración, ejecución, evaluación y publicación de los programas y subprogramas de fiscalización ambiental (ciclo de programación); en la resolución exenta Nº 1.184, de 2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que dicta e instruye normas de carácter general sobre fiscalización ambiental; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el decreto supremo Nº 252, de 1992, del Ministerio de Minería, que establece el Plan de Descontaminación del complejo industrial Las Ventanas; el decreto supremo Nº 81, de 1998, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece el Plan de Descontaminación para el área circundante a la fundición de Caletones de la División El Teniente de Codelco-Chile; el decreto supremo Nº 164, de 1998, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece el Plan de Descontaminación para las localidades de María Elena y Pedro de Valdivia; el decreto supremo Nº 206, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece el Nuevo Plan de Descontaminación para la zona circundante a la fundición Chuquicamata de la División Chuquicamata de Codelco-Chile; el decreto supremo Nº 31, de 2017, del Ministerio de Medio Ambiente, que establece Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago; el decreto supremo Nº 8, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece el Plan de Descontaminación Atmosférica por MP 2,5, para las comunas de Temuco y Padre Las Casas y de actualización del Plan de Descontaminación por MP10, para las mismas comunas; el decreto supremo Nº 70, de 2010, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece el Plan de Descontaminación Atmosférico para la ciudad de Tocopilla y su zona circundante; el decreto supremo Nº 15, de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece el Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; el decreto supremo Nº 180, de 1994, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece el Plan de Descontaminación de la fundición Hernán Videla Lira de Enami; el decreto supremo Nº 179, de 1998, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece el Plan de Descontaminación para la zona circundante a la fundición de Potrerillos de la división Salvador de Codelco-Chile; el decreto supremo Nº 59, de 2014, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece el Plan de Descontaminación Atmosférica para la Localidad de Andacollo y sectores aledaños; el decreto supremo Nº 47, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece el Plan de Descontaminación Atmosférica para la comuna de Osorno; el decreto supremo Nº 48, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para las comunas de Chillán y Chillán Viejo; el decreto supremo Nº 49, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece el Plan de Descontaminación Atmosférica para las comunas de Talca y Maule; el decreto supremo Nº 25, de 2016, del Ministerio de Medio Ambiente, que establece el Plan de Descontaminación Atmosférica para la comuna de Valdivia; el decreto supremo Nº 46, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece Plan de Descontaminación Atmosférica para la ciudad de Coyhaique y su zona circundante; el decreto supremo Nº 38, de 2017, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece el Plan de Prevención de contaminación atmosférica para la localidad de Huasco y su zona circundante; en el decreto supremo Nº 31, de 2017, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece el plan de prevención y descontaminación atmosférica para la Región metropolitana de Santiago; en el decreto supremo Nº 76, de 2014, del Ministerio del Medio Ambiente; en la resolución exenta Nº 424, de 2017, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que fija la Estructura Interna de la Superintendencia del Medio Ambiente; en la resolución Nº 1.600, de 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. La Superintendencia del Medio Ambiente es el servicio público creado para ejecutar, organizar y coordinar el seguimiento y fiscalización de los instrumentos de gestión ambiental que dispone la ley, así como imponer sanciones en caso que se constaten infracciones que sean de su competencia;

  2. La letra b) del artículo 3º de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente, que dispone que la Superintendencia del Medio Ambiente debe velar por el cumplimiento de las medidas e instrumentos establecidos en los Planes de Prevención y/o de Descontaminación Ambiental, sobre la base de...

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