Resolución núm. 1528 EXENTA, publicada el 30 de Diciembre de 2017. FIJA PROGRAMA DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL DE PROGRAMAS DE CUMPLIMIENTO PARA EL AÑO 2018 - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 700000953

Resolución núm. 1528 EXENTA, publicada el 30 de Diciembre de 2017. FIJA PROGRAMA DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL DE PROGRAMAS DE CUMPLIMIENTO PARA EL AÑO 2018

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

FIJA PROGRAMA DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL DE PROGRAMAS DE CUMPLIMIENTO PARA EL AÑO 2018

Núm. 1.528 exenta.- Santiago, 26 de diciembre de 2017.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley Nº 20.417, que fija el texto de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente; en la Ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la resolución exenta Nº 1.171, de 2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que dicta instrucciones generales sobre elaboración, ejecución, evaluación y publicación de los programas y subprogramas de fiscalización ambiental (ciclo de programación); en la resolución exenta Nº 1.184, de 2015, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que dicta e instruye normas de carácter general sobre fiscalización ambiental; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el decreto supremo 30, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento sobre programas de cumplimiento, autodenuncia y planes de reparación; en la resolución exenta Nº 424, de 2017, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que fija la Estructura Interna de la Superintendencia del Medio Ambiente; en la resolución Nº 1.600, de 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. La Superintendencia del Medio Ambiente es el servicio público creado para ejecutar, organizar y coordinar el seguimiento y fiscalización de los instrumentos de gestión y de carácter ambiental que dispone la ley, así como imponer sanciones en caso que se constaten infracciones que sean de su competencia;

  2. Que, el artículo 42 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente establece los programas de cumplimiento y la competencia de la Superintendencia para su fiscalización.

  3. Lo dispuesto en el decreto supremo 30, de 2012, del Ministerio del Medio...

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