Resolución núm. 1524 EXENTA, publicada el 13 de Enero de 2017. ESTABLÉCESE REGULACIONES CUARENTENARIAS PARA EL CONTROL Y ERRADICACIÓN DE LA MOSCA DEL MEDITERRÁNEO CERATITIS CAPITATA (W.) EN LOS LUGARES QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE AGRICULTURA |
Rango de Ley | Resolución |
ESTABLÉCESE REGULACIONES CUARENTENARIAS PARA EL CONTROL Y ERRADICACIÓN DE LA MOSCA DEL MEDITERRÁNEO CERATITIS CAPITATA (W.) EN LOS LUGARES QUE INDICA
Núm. 1.524 exenta.- Iquique, 10 de noviembre de 2016.
Vistos:
Lo dispuesto en el decreto ley N° 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola; la Ley N° 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, modificada por la ley N° 19.283, y sus modificaciones posteriores; la resolución N° 3.513 exenta, del SAG, de 7 de diciembre de 1995, publicada en el Diario Oficial el 13 de diciembre del mismo año; resolución Nº 1.600, de la Contraloría General de la República, y las facultades que me han sido otorgadas en virtud de resolución N° 286, de 2015, de la Dirección Nacional del SAG.
Considerando:
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Que por resolución exenta N° 3.513, citada en vistos, se declaró a Chile como país libre de la plaga de los vegetales conocida como "Mosca del Mediterráneo" [Ceratitis capitata (Wied)].
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Que, con fecha 3 de noviembre de 2016, se ha detectado la presencia de dos ejemplares (adultos), hembra y macho respectivamente del insecto en el área urbana de la comuna de Iquique.
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Que, en virtud de lo dispuesto en el N° 3 de la resolución N° 3.513, el Servicio está facultado para adoptar las medidas fitosanitarias que sean necesarias para el control y erradicación de esta plaga.
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Que debe entenderse por área reglamentada aquella en la que plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados, que ingresan a ella, se mueven dentro de ella y provienen de la misma, están sujetas a medidas fitosanitarias.
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Que, para el caso de la "Mosca del Mediterráneo [Ceratitis capitata (Wied)], dicha área reglamentada, corresponde a una superficie cubierta por un radio de 7,2 km alrededor de las detecciones.
Resuelvo:
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A partir del 4 de noviembre de 2016, como área reglamentada, el polígono de 24 vértices, determinado por las siguientes coordenadas UTM, señaladas a continuación:
DATUM:WGS 84 (HUSO 19)
COORDENADAS UTM
Nº
VÉRTICE ESTE NORTE
1 388611 7762995
2 388365 7761131
3 387646 7759395
4 386502 7757903
5 385011 7756759
6 383274 7756040
7 381411 7755795
8 379547 7756040
9 377811 7756759
10 376319 7757903
11 375175 7759395
12 374456 7761131
13 374211 7762995
14 374456 7764858
15 375175 7766595
16 376319 7768086
17 377811...
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