Resolución núm. 1519 EXENTA, publicada el 04 de Julio de 2020. DELEGA EN DIRECTIVOS Y FUNCIONARIOS FACULTADES QUE INDICA - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 845815267

Resolución núm. 1519 EXENTA, publicada el 04 de Julio de 2020. DELEGA EN DIRECTIVOS Y FUNCIONARIOS FACULTADES QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyResolución

DELEGA EN DIRECTIVOS Y FUNCIONARIOS FACULTADES QUE INDICA

Núm. 1.519 exenta.- Santiago, 3 de junio de 2020.

Vistos:

  1. Lo dispuesto en los artículos y 41° de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; y en los artículos letra m) del DFL N° 278 de 1960 y de la ley N° 16.436 de 1966.

  2. Lo prescrito por el artículo 3° de la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

  3. La ley N° 20.584 que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud.

  4. Lo establecido en la resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

  5. Lo señalado en el Instructivo N° 1 de 2012 de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, que dio instrucciones para el cumplimiento del Art. 3° de la ley N° 19.880.

  6. La cuenta del Vicepresidente Ejecutivo aprobada en la sesión del 27 de mayo de 2020 por el Consejo Directivo de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional.

    Considerando:

  7. Que toda decisión formal emitida por esta institución debe ser sancionada por acto administrativo, de acuerdo a lo que previene el artículo 3° de la ley N° 19.880.

  8. Que se hace necesario para el servicio, en aras de velar por el principio de eficiencia, propender a la simplificación y rapidez de los trámites y procedimientos que en él se realizan, delegando parte de las atribuciones propias de la Vicepresidencia Ejecutiva.

    Resuelvo:

    Delegar en los directivos y funcionarios que se indican, las facultades y atribuciones de la Vicepresidencia Ejecutiva que se señalan, a contar de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial:

  9. Deléguese en el Fiscal las facultades que a continuación se indican:

    1. La representación judicial de la Caja establecida en el artículo 6 del DFL N° 278, de 1960.

    2. Aprobar las resoluciones de prórroga de plazos para instruir sumarios administrativos e investigaciones sumarias.

    3. La resolución de los asuntos sometidos a la Ley N° 17.663 y al DL N° 539 de 1974 y a su Reglamento, contenido en el DS N° 610, de 1974, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, en lo relativo a la no reajustabilidad de las deudas que allí se indican.

    4. La firma de las escrituras públicas en que sea parte la Caja y que contengan préstamos habitacionales. La concesión de estos beneficios o derechos quedará reservada en el Consejo Directivo o en la Vicepresidencia Ejecutiva, según corresponda, como asimismo aceptar hipotecas y prohibiciones de gravar y enajenar a favor de la institución, por concepto de préstamos otorgados a sus imponentes, suscribiendo los instrumentos respectivos.

    5. La firma de las escrituras públicas de aclaración, adición, rectificación, declaración y resciliación relacionadas con préstamos habitacionales otorgados por la institución.

    6. Declarar la inhabilidad de fiscales instructores, investigadores o instructores en los procesos disciplinarios que se tramiten en la institución.

    7. Designar fiscales instructores, investigadores o instructores en reemplazo de aquellos que se encuentren imposibilitados de continuar con los procesos disciplinarios que se tramiten en la institución, por encontrarse inhabilitados, con licencia médica prolongada, haciendo uso de feriado legal u otra causa, como también designar fiscales instructores, investigadores o instructores ad-hoc para la práctica de diligencias precisas y determinadas.

  10. Deléguese en el Gerente General las facultades que a continuación se indican:

    1. Firmar las resoluciones exentas que:

      1) Autorizan la ejecución de trabajos extraordinarios remunerados.

      2) Autorizan la ejecución de trabajos extraordinarios compensados.

    2. Firmar oficios para la remisión y el retiro de resoluciones enviadas a la Contraloría General de la República que ameriten nuevo análisis.

  11. Deléguese en la Jefatura de la División Planificación y Desarrollo la facultad de aprobar y formalizar los procedimientos e instructivos institucionales, así como las políticas relacionadas con seguridad de la información.

  12. Deléguese en la Jefatura de la División Gestión y Desarrollo de Personas las facultades que a continuación se indican:

    1. Firmar las resoluciones exentas relacionadas con:

      1) Suplencias con personal interno de la institución.

      2) Designaciones a contrata dispuestas por periodos iguales o inferiores a tres meses, incluyendo las de reemplazo y de renta global única.

      3) Contratos regidos por el Código del Trabajo, cuya remuneración bruta mensual sea igual o inferior a 35 unidades tributarias mensuales.

      4) Renovaciones de contratos de trabajo y transformaciones de contratos de plazo fijo a indefinido.

      5) Contrataciones de egresados y estudiantes para práctica profesional, conforme al decreto ley N° 2.080, de 1977.

      6) Ceses por fallecimiento.

      7) Ceses por obtención de jubilación o pensión en un régimen previsional, en relación con el respectivo cargo público.

      8) Términos anticipados de contratas.

      9) Términos anticipados de suplencias.

      10) Términos anticipados de contratos a honorarios.

      11) Términos de contratos de trabajo, por las causales estipuladas en el artículo 159 del Código del Trabajo.

      12) Reconocimientos de la condición de funcionario de hecho.

      13) Otorgamiento de beneficios remuneratorios que requieran contar con un título profesional.

      14) Comisiones de estudio y otorgamiento de becas a profesionales funcionarios.

      15) Comisiones de servicio.

      16) Cometidos funcionarios que generen gastos.

      17) Destinaciones.

      18) Asignación de cambio de residencia.

      19) Declaración de inhabilidades administrativas, cuando no operen por el solo ministerio de la ley.

      20) Aplicación de medidas disciplinarias no expulsivas, que no deriven de investigaciones sumarias y sumarios administrativos instruidos u ordenados instruir por la Contraloría General.

      21) Autorizan y modifican convenios a honorarios de los profesionales médicos, odontólogos y químicos farmacéuticos que se desempeñen en las instalaciones de salud de Capredena.

      22) La concesión de las bonificaciones de permanencia que correspondan según la Ley N°15.386 y de las cotizaciones adicionales de salud, conforme a la Ley N° 18.566.

    2. Firmar oficios para el envío de la siguiente documentación y materias:

      1) Escalafón de mérito de la institución a la Contraloría General de la República.

      2) Retiro y envío de resoluciones de toma de razón y exentas en soporte papel a la Contraloría General de la República sometidas a nuevo análisis y relacionadas con materias propias de personal, previa autorización del Vicepresidente Ejecutivo.

      3) Notificaciones y finiquitos de trabajo del personal a que alude la ley N° 18.837.

  13. Deléguese en la Jefatura del Subdepartamento Gestión de Personas las facultades que a continuación se indica:

    1. Firmar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR