Resolución núm. 1516 EXENTA, publicada el 10 de Diciembre de 2019. DEJA SIN EFECTO RES. EX. Nº 598 DE 19.05.2015 (D.O. 04.06.2015) Y ESTABLECE ARANCELES DE MEDICAMENTOS PARA PACIENTES BENEFICIARIOS DE CONVENIO CON LA CAJA DE PREVISION DE LA DEFENSA NACIONAL (CAPREDENA) - "MINISTERIO DE SALUD; SUBSECRETARÍA DE REDES ASISTENCIALES; SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO NORTE XIII REGIÓN METROPOLITANA; INSTITUTO PSIQUIÁTRICO “DR. JOSÉ HORWITZ B.” - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 829330013

Resolución núm. 1516 EXENTA, publicada el 10 de Diciembre de 2019. DEJA SIN EFECTO RES. EX. Nº 598 DE 19.05.2015 (D.O. 04.06.2015) Y ESTABLECE ARANCELES DE MEDICAMENTOS PARA PACIENTES BENEFICIARIOS DE CONVENIO CON LA CAJA DE PREVISION DE LA DEFENSA NACIONAL (CAPREDENA)

Publicado enDiario Oficial
Emisor"MINISTERIO DE SALUD; SUBSECRETARÍA DE REDES ASISTENCIALES; SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO NORTE XIII REGIÓN METROPOLITANA; INSTITUTO PSIQUIÁTRICO “DR. JOSÉ HORWITZ B.”
Rango de LeyResolución

DEJA SIN EFECTO RES. EX. Nº 598 DE 19.05.2015 (D.O. 04.06.2015) Y ESTABLECE ARANCELES DE MEDICAMENTOS PARA PACIENTES BENEFICIARIOS DE CONVENIO CON LA CAJA DE PREVISION DE LA DEFENSA NACIONAL (CAPREDENA)

Núm. 1.516 exenta.- Santiago, 29 de noviembre de 2019.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 146, 159 y 161 del DFL Nº 1 de 2005 del Ministerio de Salud; los artículos 1º y 15 de la Res. Ex. Nº 176, de 1999, modificada, entre otras, por la Res. Ex. Nº 70 de 03.02.2015, ambas de los Ministerios de Salud y de Hacienda; el DFL Nº 1 de 2005 del Ministerio de Salud que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL Nº 2.763/1979 y de las leyes Nºs. 18.933 y 18.469 y el decreto Nº 38 de 2005 del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y de los Establecimientos de Autogestión en Red; el artículo 24 de la ley 18.681 que establece normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y personal; dictámenes Nºs. 25.157 de 2014, 65.056 de 2013 y 24.371 de 2009 de la Contraloría General de la República; la resolución exenta Nº 1.172 de 2007 del Ministerio de Salud y Ministerio de Hacienda que otorga la calidad de Establecimiento de Autogestión en Red al Instituto Psiquiátrico "Dr. José Horwitz Barak"; la resolución exenta Nº 165 de 27.01.2015 del Servicio de Salud Metropolitano Norte, que establece el orden de subrogación del cargo de Director del Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak; la resolución exenta Nº 78 de 14.01.2019 del Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak, que designa a doña Verónica Solís Pérez subrogante del Subdirector/a Médico/a del Instituto Psiquiátrico; y la resolución Nº 7/2019 de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón;

Considerando:

  1. - Que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 146 inc. 1 del DFL Nº 1 de 2005 Minsal, las personas que no sean beneficiarias del Régimen podrán requerir y obtener de los organismos a que se refiere el Libro I de esta ley, el otorgamiento de prestaciones de acuerdo con el reglamento, pagando su valor según el arancel a que se refiere el artículo 159. El artículo 159 del DFL Nº 1 de 2005 Minsal, dispone que los afiliados al Régimen de Prestaciones de Salud, deberán contribuir al financiamiento del valor de las prestaciones y atención que ellos y los respectivos beneficiarios soliciten y que reciban de dicho Régimen, mediante pago...

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