Resolución núm. 1499 EXENTA, publicada el 22 de Febrero de 2019. MODIFICA RESOLUCIÓN N° 5.615 EXENTA, DE 2018, DE SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES DE LA REGIÓN METROPOLITANA EN EL SENTIDO QUE SE INDICA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 767741593

Resolución núm. 1499 EXENTA, publicada el 22 de Febrero de 2019. MODIFICA RESOLUCIÓN N° 5.615 EXENTA, DE 2018, DE SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES DE LA REGIÓN METROPOLITANA EN EL SENTIDO QUE SE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN N° 5.615 EXENTA, DE 2018, DE SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES DE LA REGIÓN METROPOLITANA EN EL SENTIDO QUE SE INDICA

Núm. 1.499 exenta.- Santiago, 11 de febrero de 2019.

Vistos:

La ley N° 18.059; los artículos 107, 112 y 113 del DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; resoluciones N° 39, de 1992, y 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; resolución exenta N° 5.615, de 5 de septiembre de 2018, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana de Santiago; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.

Considerando:

  1. - Que, mediante resolución exenta N° 5.615, de 5 de septiembre de 2018, de esta Secretaría Regional, se estableció prohibición de circulación de vehículos motorizados en Ruta G-455 (Embalse El Yeso), en tramo y período que se indica y, adicionalmente en la misma vía y en Ruta G-355 (Camino a Lagunillas), se establecieron prohibiciones horarias para la subida o bajada de vehículos.

  2. - Que, por un error de transcripción durante la elaboración de dicho acto administrativo, se consignaron de forma invertida los horarios de prohibición de subida y bajada de vehículos motorizados, tanto para el Embalse El Yeso, como para Camino a Lagunillas, ya que estos deben ser de 6:00 a 14:00 horas para la bajada y, de 15:00 a 21:00 horas, para la respectiva bajada.

  3. - Que resulta necesario corregir a la brevedad dicho error a fin de no afectar la circulación vehicular por dichas vías,

    Resuelvo:

  4. - Modifícase la resolución exenta N° 5.615, de 5 de septiembre de 2018, de la Secretaría...

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